Nota
informativa:
Sobre los Principios de
Yogyakarta
Este documento ofrece breve información sobre los
Principios de Yogyakarta y sus antecedentes.
Favor de consultar los Principios directamente
para comprender a detalle el texto.
¿Qué son los Principios de Yogyakarta?
Los Principios de
Yogyakarta son una serie de principios sobre cómo se aplica la legislación
internacional de derechos humanos a las cuestiones de orientación sexual e
identidad de género. Los Principios ratifican estándares legales internacionales
vinculantes que los Estados deben cumplir. Prometen un futuro diferente, donde
todas las personas, habiendo nacido libres e iguales en dignidad y derechos,
podrán ejercer ese precioso derecho adquirido al momento de nacer.
¿Por qué son necesarios?
La violación a los derechos
humanos de las personas por su orientación sexual e identidad de género, real o
percibida, constituye un patrón global arraigado que nos preocupa gravemente.
Entre esas violaciones a los derechos humanos podemos mencionar: los asesinatos
extralegales, tortura y maltrato, ataques y violaciones sexuales, invasión a la
privacidad, detenciones arbitrarias, negar las oportunidades de empleo y
educación, y grave discriminación en relación al goce de otros derechos
humanos.
Los mecanismos fundamentales de derechos humanos de las Naciones
Unidas han ratificado la obligación de los Estados de garantizar la efectiva
protección de todas las personas contra toda discriminación basada en la
orientación sexual y la identidad de género. No obstante, la respuesta
internacional ha sido fragmentaria e inconsistente, lo que crea la necesidad de
explicar y comprender de manera consistente el régimen legal internacional de
derechos humanos en su totalidad y de cómo éste se aplica a las cuestiones de
orientación sexual e identidad de género. Esto es lo que hacen los Principios de
Yogyakarta.
¿Cómo se llegó a estos Principios?
Los
Principios fueron desarrollados y adoptados por unanimidad por un distinguido
grupo de expertos en derechos humanos de distintas regiones y diversa formación,
entre ellos: jueces, académicos, un ex Alto Comisionado de Derechos Humanos de
la ONU, los Procedimientos Especiales de la ONU, miembros de órganos de los
tratados, ONGs y otros. El profesor Michael O’Flaherty, Relator del proceso,
hizo importantes contribuciones al redactar y revisar los Principios de
Yogyakarta.
Un evento clave para desarrollar los Principios fue un
seminario internacional que se llevó a cabo en Yogyakarta, Indonesia en la
Universidad de Gadjah Mada del 6 al 9 de noviembre del 2006, y en donde
participaron muchos de los expertos en leyes mencionados. En ese seminario se
aclararon la naturaleza, el alcance y la implementación de las obligaciones de
derechos humanos contraídas por los Estados en relación a la orientación sexual
y la identidad de género, en virtud de los tratados y leyes de derechos humanos
existentes.
¿Qué cubren estos Principios?
Los
Principios de Yogyakarta se refieren a una amplia gama de derechos humanos y
cómo se aplican en cuestiones de orientación sexual e identidad de género. Entre
otros, se incluyen: ejecuciones extralegales, violencia y tortura, acceso a la
justicia, privacidad, no discriminación, los derechos de libertad de expresión y
reunión, empleo, salud, educación, cuestiones de migración y refugiados,
participación pública y una variedad de otros derechos.
¿Cómo
pueden estos derechos ser implementados?
Los Principios ratifican la
obligación primordial que tienen los Estados de implementar los derechos
humanos. Cada uno de los Principios va acompañado de recomendaciones detalladas
a los Estados. Los Principios también subrayan, no obstante, que todos los
actores tienen responsabilidad de promover y proteger los derechos humanos. Por
tanto, se hacen recomendaciones adicionales dirigidas al sistema de derechos
humanos de la ONU, a instituciones nacionales de derechos humanos, a los medios,
a las organizaciones no gubernamentales y a otras instancias.