"Los tratados internacionales en Venezuela no son
supraconstitucionales,
sino constitucionales, es decir, no están por
encima de la Constitución,
sino a su mismo nivel".
Iván Rincón Urdaneta
Presidente del Tribunal Supremo de Justicia
Los tratados de derechos humanos sólo benefician a
personas naturales.
No son vinculantes para Venezuela las decisiones o
resoluciones de los organismos internacionales encargados de promoverlos y
protegerlos.
Decisión 1.942 de la Sala Constitucional.
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