Nota
de prensa
Por cuarta vez pide a TSJ que ordene al Estado dar respuesta adecuada y
oportuna
PROVEA DEMANDA A DEFENSOR DEL PUEBLO POR VULNERAR DERECHO DE PETICIÓN
SUMARIO: Provea se dirigió este 23 de septiembre a la Sala Constitucional
del TSJ con el objeto de interponer una Acción de Amparo Constitucional contra
el Defensor del Pueblo a favor del derecho de petición. Esta es la cuarta vez
que la organización de derechos humanos acude al máximo tribunal para que intervenga
contra la violación de esta garantía constitucional.
Basado en el artículo
51 de la
Constitución, el Programa Venezolano de Educación-Acción en
Derechos Humanos (Provea) introdujo ante la Sala Constitucional
del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) una Acción de Amparo Constitucional, mediante
la cual solicitó que se le ordene a Germán Mundaraín,
en su condición de Defensor del Pueblo, dar respuesta a una solicitud de información
efectuada por Provea el pasado 27 de mayo de este año.
Explicó Marino Alvarado, Coordinador del Área de Defensa de Provea que en esa fecha
su organización dirigió al Defensor del Pueblo un escrito solicitándole
información sobre aspectos relacionados con violaciones al derecho a la
integridad personal tanto en el sector civil como en el militar; agresiones contra
defensores de derechos humanos, denunciantes de violación de derechos humanos o
familiares de víctimas de violación de derechos humanos, registrados desde el
IV trimestre de 2003 y los primeros 4 meses de 2004; evolución de estos casos de
acuerdo con la actuación de la Defensoría y su papel ante la situación generada
por los solicitantes de asilo desplazados desde Colombia hasta la Sierra de Perijá, así como su evaluación del impacto de esas migraciones
sobre la población indígena.
Esta información fue
solicitada a propósito de la realización del Informe Anual de Provea sobre la situación
de los derechos humanos en Venezuela. Esta publicación efectúa un balance de la
situación de estos derechos en Venezuela utilizando insumos provenientes de
instancias públicas y privadas. Explicó el vocero de Provea que “año tras
año nos servimos de informaciones oficiales. Sin embargo, desde el año 2002 la Defensoría del
Pueblo no ha publicado su Anuario, gracias al cual hubiésemos podido consultar su
información oficial sin necesidad de dirigirle estas peticiones de
información”.
Provea acusó al
Defensor del Pueblo no sólo de incumplir con su deber de dar oportuna y
adecuada respuesta, sino también de violar
el principio de accesibilidad a la información, establecido en el artículo 8 de
la novel Ley Orgánica de la Defensoría y 28 de la Ley Orgánica
del Poder Ciudadano. “De la misma manera, la Defensoría ha ignorado
su obligación de impulsar la participación ciudadana para vigilar los derechos
y garantías constitucionales. Todo ciudadano y organización social tiene el
derecho de ejercer contraloría social. Esto implica el libre acceso a la
información oficial. En este caso, resulta una paradoja que sea la propia
Defensoría del Pueblo la que viole este derecho”, agregó Antonio González
Plessmann, Coordinador del Área de Investigación de Provea
a cargo de la realización del informe anual.
La organización subrayó
que esta falta de respuesta por parte de funcionarios públicos no es un hecho
aislado:
“En 2
ocasiones anteriores acusamos a distintos titulares del Ministerio de la Defensa (Raúl Salazar en
1999, por el caso Yumare y a José Luis
Prieto en 2003 por el caso Plan Ávila-El Caracazo). La
tercera vez fue contra el actual titular del Ministerio de Finanzas (Tobías Nóbrega en 2003 por el presunto uso indebido de fondos de
pensionados y jubilados)”, comentó Alvarado.
Caracas,
23.09.04.