AMIGRANSA
Sociedad de Amigos en defensa de la Gran
Sabana
LA
RESERVA FORESTAL DE IMATACA
UN BOSQUE INSUSTITUIBLE EN PELIGRO DE
DESAPARECER
Caracas, 16 de octubre,
2003
El bosque nativo de la Reserva
Forestal de Imataca, es insustituible debido a su diversidad biológica, su
relevancia en la protección de suelos y aguas, su capacidad como regulador de
gases y del clima, y sus imponentes bellezas escénicas, entre otros servicios
ambientales. Esta Reserva es una de las "fronteras forestales más importantes
del trópico a escala global y de Suramérica en particular". Estos bosques por su alta
fragilidad ecológica, su bajísima capacidad de regeneración una vez intervenido,
y la posible intensificación del uso minero y forestal al que proyecta el
Gobierno venezolano someterlos con el Proyecto de Decreto de Plan de
Ordenamiento y Reglamento de Uso de esta Reserva, los sitúan en la categoría de
"bosques en peligro de desaparecer".
Talarlos, es prácticamente perderlos para siempre. Cortar el bosque natural para
convertirlo en unos cuantos tablones de
madera, aserrín y unas barras de oro,
sacrificando el resto de las especies asociadas que conviven con él, es un
crimen ecológico. Imataca, ser vivo, lleno de energía, es también reserva
cultural y sagrada, habitat de pueblos indigenas, y patrimonio natural de todos
los venezolanos.
Quienes designaron a Imataca, como
Área Bajo Régimen de Administración Especial, tuvieron una visión vanguardista,
y hoy casi medio siglo mas tarde, cuando la conciencia ambiental mundial ha
aumentado debido a la dramática pérdida de miles de especies y ecosistemas en el
mundo, y a la movilización masiva de Pueblos que
exigen respeto a la naturaleza y la firma de Tratados Internacionales para
impedir el cambio climático, la desertificación, la pérdida de la diversidad
biológica, la desaparición bosques y fuentes de agua, tenemos en Venezuela el
compromiso de profundizar la
protección de los bosques de la Guayana venezolana y entre ellos los de
Imataca, y arrancárselos de las garras de la industria forestal y de la minera.
La protección de las
fuentes de agua es la columna vertebral para el futuro de la vida en el planeta.
Toda nuestra vida esta relacionada con el agua. Nos gustaría creer que hay un infinito
suministro de agua en el planeta, pero esto es trágicamente
falso. Es por lo que, la
escasez de agua tiene preocupada a la Humanidad. Para el año 2025, más de dos
tercios de la población mundial sufrirá problemas de agua y un tercio vivirá en
condiciones de absoluta escasez de agua, esto se traduce en enfermedades,
pérdida de la seguridad alimentaria, aumento de la pobreza, miseria entre otros.
La relación agua-bosque es indivisible, el camino del agua a través del bosque
permite proteger el agua y que esta fluya hacia los ríos.
La deforestación (por la actividad forestal, la quema, la minera, etc.)
interrumpe la protección y flujo continuo del agua.
En el informe final para
el Ordenamiento de la Reserva Forestal Imataca, realizado por el Instituto de Zoología Tropical de la
Universidad Central de Venezuela y el Ministerio del Ambiente de los Recursos
Naturales, de fecha Diciembre, 2002
y en el que supuestamente se
basaría el Borrador del Nuevo Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso para
sustituir el tan cuestionado Decreto forestal-minero Nº 1.850de 1997, se encuentran afirmaciones tales
como: los bosques tropicales remanentes
están desapareciendo rápidamente; la tasa de extracción del recurso no debe
exceder la tasa de renovación o sustitución del mismo; la renovación natural del recurso
bosque es muy lenta y poco conocida y a su vez depende del ecosistema bosque del
cual las especies de árboles de importancia comercial son apenas uno de sus
componentes; el aprovechamiento forestal y minero
produce impactos sobre los suelos, la hidrografía, el micro clima , la
vegetación , la fauna, las comunidades humanas y la diversidad biológica en
general; las plantas medicinales
están entre los recursos mas valiosos del
bosque.
Estas afirmaciones nos llevaron a
pensar, ingenuamente, que el nuevo Decreto de Ordenamiento y Reglamento de Uso
de IMATACA, elaborado por el Ministerio del Ambiente, recogería el espíritu de
la lucha por la defensa de los Bosques de Imataca, emprendida por ecologistas,
científicos, e indigenas y reflejaría el compromiso del Presidente Chavez en su
campaña electoral, cuando movido por el conflicto de Imataca (1998), manifestó
públicamente, que, si para sacar el oro había que acabar con los bosques,
entonces nos quedaríamos con el bosque!. Esperábamos que el Nuevo Plan,
incorporara las numerosas propuestas de declarar gran parte de la Reserva
Forestal de Imataca como PARQUE NACIONAL
IMATACA, O RESERVA DE BIOSFERA IMATACA, pues estos bosques, además del
servicio ambiental que prestan, nos hacen y nos harán muchísima falta para
mantener la estabilidad atmosférica, limpiar el planeta y mantener las fuentes
de agua dulce.
La Reserva Forestal Selva El Dorado,
fue creada el 06.02.61, y posteriormente se le cambia el nombre a Reserva
Forestal Imataca (RFI) en 1963, con una superficie de 3.203.250 hectáreas y
según recientes mediciones del MARN, abarca 3.821.958,4 hectáreas. La motivación de la creación de la RFI,
"no se limita a criterios económicos e
incluye la conservación de recursos naturales", tal como se especifica en los
Considerandos: (…) que es necesario
conservar las aguas de los ríos Yuruan, Cuyuni, Orinoco, Brazo Imataca, río Grande, Botanamo, Barima,
Orocaima, y demás de la indicada región por ser fuentes potenciales de energía
hidroeléctrica y medios indispensables para el desarrollo industrial de la
región guayanesa (…) que de acuerdo
con la Convención para la Protección de la flora, de la fauna, y de las bellezas escénicas
naturales de los país de América, suscrita por Venezuela en Washington el 12 de
octubre de 1940 y ratificada por la Nación en la misma ciudad el 9 de octubre de
1941, corresponde a los signatarios de dichos estatuto dictar medidas que
impongan con urgencia la solución de los problemas que afectan la conservación
de los recursos naturales renovables, destacando entre estas provisiones la
declaración de Reservas Forestales" . Se puede inferir, que la actividad
minera es por tanto INCOMPATIBLE, con los fines que motivaron la creación de la
Reserva Forestal de Imataca.
Así mismo, la especifica
regulación de las Reservas Forestales que se encuentra en la Ley Forestal de
Suelos y Aguas en cuya normativa se pone el mayor énfasis en la utilización
racional del bosque para hacerlo permanente por razones económicas, (Art. 54,
55, y 57), refuerza esta incompatibilidad entre la minería y la actividad
forestal. Y específicamente en el Art. 57 de la mencionada Ley, establece que
"en ningún caso se podrá colonizar o
enajenar las reservas forestales sin la previa autorización del Congreso
Nacional" por lo cual, cualquier intento de destinar áreas dentro de la RFI,
para la explotación minera, constituiría de hecho, una
desafectación.
Creemos que el desarrollo sostenible
del país debe verse como un asunto integral y no como un aprovechamiento de
recursos aislados, ¿necesitamos para sobrevivir destruir también los bosques de
Imataca? ¿No debemos mas bien salir de una vez por todas de esa política
extractiva – rentista, que sometería también a Imataca, con este Plan, a una
salvaje explotación forestal y minera?
El valor económico total
incluye, el no uso (del bosque), el cual en muchos casos es superior
al extractivo, por lo que la entrega de este Territorio de casi 4 millones de
hectáreas a empresas nacionales y trasnacionales madereras y mineras, ameritaría
una discusión nacional mas amplia, una participación activa y protagónica, mucho análisis sobre el desarrollo
que queremos, como lo queremos y donde lo queremos, y no, una mera consulta de un Plan,
que además de ignorar la
posibilidad del cambio de la figura de Reserva Forestal a una de mayor
protección, permite la prospección, exploración, explotación, procesamiento,
transformación, y transporte de minerales metálicos y no metálicos incluyéndose las instalaciones asociadas
a los proyectos mineros.
"El
actual aprovechamiento forestal implica grandes inversiones, pero el beneficio
neto por hectárea es bajo, (US$ 8,32), evidentemente esto conspira contra la
sosteniblidad económica de las operaciones la cual frecuentemente se alcanza a
través de la insostenibilidad ecológica"
Por otra parte, para que el
Ejecutivo Nacional pueda promulgar un nuevo Decreto sobre el Plan de
Ordenamiento y Reglamento de Uso de la Reserva Forestal Imataca, debe contar
previamente con el desarrollo de una serie de Principios y Derechos así como
otras normativas constitucionales a los fines de poder incluir los requerimientos de la Constitución de
la Republica Bolivariana de Venezuela promulgada en 1999 específicamente en su
Art. 128, que expresa que "El Estado
desarrollará una política de ordenación del territorio atendiendo a las
realidades ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales,
económicas, políticas , de acuerdo con las premisas del desarrollo sustentable,
que incluya la información, consulta y participación ciudadana. Una Ley orgánica
desarrollara los principios y criterios para este ordenamiento". Igualmente
debe el Estado respetar las premisas que el Constituyente previó, en materia de
la Demarcación del Habitat indígena, el cual deberá realizarse previo a
cualquier ordenamiento y uso de este territorio y no después como lo establece
este Plan.
En el momento de la elaboración del
Plan para Imataca, no se estimó la participación ciudadana, limitando el derecho
a la participación al momento de la consulta final, y a una prorroga única de un
mes y medio (hasta el de octubre de 2003) para seguir enviando observaciones, lo
cual es contrario al principio de participación protagónica expresado en el
artículo 62 de la Constitución Nacional “Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen
derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por
medio de sus representantes elegidos o elegidas. La participación del pueblo en
la formulación, ejecución y control
de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que
garantice su completo desarrollo...
NO fueron cumplidas las
aspiraciones de los ambientalistas, por parte del Ministerio del Ambiente,
cuando al hacer uso de los derechos que establece la Constitución, en relación a
la participación, le solicitamos formalmente a la Ministra del Ambiente y de los
Recursos Naturales, mediante correspondencia enviada el 25.08.03, una prorroga
para discutir el FUTURO DE IMATACA, sujeta a: 1) La amplia distribución y
divulgación en forma electrónica y por otros medios de los estudios ambientales,
legales y económicos de las bases técnicas que sustentan el nuevo Proyecto de
Decreto del Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso de la Reserva Forestal
Imataca, 2) La realización de un Foro Técnico con la participación de los
expertos que trabajaron en las bases técnicas, metodológicas, estudios legales y
económicos del Proyecto de Decreto del Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso
de la Reserva Forestal Imataca, para promover un debate amplio sobre los
estudios, metodologías y criterios para la asignación de usos en la Reserva
Forestal Imataca, 3) La convocatoria de un taller para construir visiones y
consensos de los aspectos compartidos con relación al Proyecto de Decreto del
Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso de la Reserva Forestal Imataca, que
dure por lo menos dos (2) días.
Por todo lo anterior,
1) Ratificamos, una vez mas, los
términos del documento de la Mesa No. 5
Visión Global del Proyecto de Decreto del Plan de Ordenamiento y Reglamento de
Uso de la Reserva Forestal Imataca, (
www.cvg.com-español-marn-Observaciones_de_Caracas.)
realizada en el marco de la reunión
dirigida por el MARN en la sede de CIED-PDVSA el pasado 30/07/03, ya que
consideramos que repite los mismos errores contenidos en el Decreto 1850,
ampliamente cuestionados por el país en su oportunidad.
2) Proponemos que el Ministerio del
Ambiente, declare, un área importante de los Bosques de Imataca, como Parque
Nacional Imataca, o una figura más restrictiva que nos permita preservar y
conservar esos valiosos ecosistemas.
3) Solicitamos que se excluya el uso minero
del Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso de la Reserva Forestal Imataca a
fin de cumplir con lo que establece, la Ley Forestal de Suelos y Aguas (Art.
57), la Convención de Washington de 1941, sobre la Conservación de la flora,
fauna y las bellezas escénicas, la Ley aprobatoria del Convenio sobre Diversidad
Biológica, y la Ley de Biodiversidad, y tomar en cuenta las pautas que establece el informe final de
la Universidad Central de Venezuela y el MARN en relación a la incompatibilidad
de usos entre la actividad forestal y la minera.
4) Solicitamos, a las autoridades
competentes, sanear Imataca de los focos mineros, recuperar las áreas degradadas
por la minería, rescindir las concesiones y/o contratos mineros entregados
dentro de la Reserva Forestal de Imataca (compañías nacionales y trasnacionales
mineras, cooperativas mineras, particulares etc.) y que se prohíba el
otorgamiento de nuevas concesiones e infraestructura minera en Imataca, a fin de
cumplir lo que establece la ley.
4) Solicitamos una moratoria a la explotación forestal en
Imataca, hasta tanto no se demuestre en forme práctica, que el bosque natural de
Imataca se puede recuperar, y se haga una Valoración Económica Total de la
Reserva y un Inventario Forestal.
5) Exhortamos, a MARN, a que empleé todo el tiempo
necesario, para promover una discusión nacional, amplia, donde sea posible una
participación interactiva, a fin de
discutir el Futuro de ese territorio, antes de aprobar un Plan apresurado y dañino para Imataca y sus
pobladores.
6) Exhortamos, al MARN a concluir la Demarcación de los
Habitat y Tierras de los Pueblos Indigenas, previo a cualquier ordenamiento y
asignación de usos en Imataca.
Sociedad de Amigos en Defensa de la Gran
Sabana
AMIGRANSA