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Bruselas aprueba el Reglamento de petroleros de doble
casco |
25 Jul (Comisión Europea) |
El Consejo de la UE ha aprobado
el Reglamento de petroleros de doble casco, después de haber sido adoptado
por el Parlamento Europeo en primera lectura. Esta norma, que entrará en
vigor a los 20 días desde que se publique en el DOCE, mejorará la
seguridad de la navegación y la protección del medio ambiente en Europa, y
se espera que evite catástrofes como la del Prestige.
El Reglamento
impedirá que petroleros monocasco que transporten petróleos y fueles
pesados entren en puertos europeos. Por lo que respecta a los de doble
casco, la norma prohíbe que entren o salgan de puertos o terminales, así
como fondear en aguas bajo la jurisdicción de un Estado miembro.
Además, se define petróleo crudo pesado como aquél cuyo grado API
sea inferior a 25,7, y fuel pesado como aquél cuya viscosidad cinemática
sea superior a 180 centistoques. Los buques petroleros del tipo del
Prestige que transporten productos petrolíferos no pesados, no podrán
entrar en puertos europeos a partir de 2005.
La nueva norma
contempla también la retirada de buques monocasco que transporten este
tipo de petróleos y sean de capacidad más reducida, de 600 a 5.000
toneladas de peso muerto. Para que se pueda abastecer petróleo y ello
pueda ser compatible con las capacidades de construcción de los
astilleros, a este tipo de embarcaciones se les da un periodo transitorio,
hasta 2008, para renovar esa flota.
Se cumple así con uno de los
acuerdos adoptados en el Consejo Europeo de Transportes celebrado en
diciembre de 2002. Durante este Consejo, se lamentaron los daños que tanto
para el medio ambiente como para los medios de vida de miles de personas
provocó el accidente del Prestige, y se invitó a la Comisión Europea a
que, con carácter de urgencia, presentase una propuesta relativa a la
supresión acelerada de los petroleros de casco único que incluyera el
régimen de evaluación del estado de los buques en el régimen general de
inspección de petroleros a partir de los 15 años de servicio. Se acordó
también que los petróleos pesados no debían transportarse más que en
petroleros de doble casco, y se instó a los Estados miembros a que
celebraran acuerdos con sus respectivos sectores para garantizar un
transporte marítimo de calidad. |
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