Las Mancomunidades de Municipios son una figura legal que
permite que dos o más municipios puedan asociarse operativamente al crear un
ente administrativo que siendo del mismo rango municipal, no obstante pueda
atender una o más tareas de la competencia municipal en los ámbitos de los
municipios socios, pero en forma conjunta, es decir, basados en la cooperación.
Pese a ser una figura de vieja data, no ha sido reglamentada con normas de rango
legal o sub legal, por lo que su ejercicio ha sido muy diverso, sin embargo es
de esperar su mejor desarrollo como alternativa para eficientizar la gestión
municipal en asuntos que deben necesariamente ser compartidos, especialmente en
problemas comunes.
En Venezuela existen muchos municipios que no cumplen las
elementales normas de existencia como: población, territorio y auto gestión
financiera. Por ello, existe la amenaza legal de que sean eliminados si no
logran auto sostenerse, como lo plantea la ley; por lo que tendrÃan que retornar
como una Parroquia al Municipio matriz del cual salieron alguna vez. Sin
embargo, con la figura de la Mancomunidad municipal estos pequeños municipios
podrÃan abordar juntos la solución a esos problemas comunes y hacer eficiente su
gestión, sin necesidad de crear una AlcaldÃa Mayor o Metropolitana, y sin miedo
a ser eliminados.
Próximamente será registrada la Mancomunidad para Tratamiento y
Disposición Final de Residuos Sólidos de Aragua, que podrÃa ampliarse a modo de
Instituto Metropolitano de Ambiente, para atender todas esas competencias
ambientales de que los municipios individualmente no han podido ejercer, pese a
la descentralización. También podrÃan crearse mancomunidades para otros
servicios comunes, tales como salud, desarrollo urbano, transporte, alumbrado,
tratamiento de aguas servidas, mercados, entre otras.
En el caso de la Mancomunidad para Tratamiento de Residuos y
Desechos Sólidos, la misma recibirá del ejecutivo nacional las instalaciones del
primer relleno sanitario diseñado y construido en el paÃs, cuyo sistema de
gestión integral deberá ponerlo en práctica dicha mancomunidad en forma
participativa, con la sociedad civil y los municipios mancomunados, pues la
ventaja de esta figura es que los Municipios no pierden sus competencias, sino
que simplemente delegan algunas atribuciones administrativas.
Este es un caso modelo en el que todos los municipios socios
tienen un representante a la Junta Directiva, y repartirá las cargas en función
de los pesos que cada municipio suma al problema y aporta a la solución, de
manera que quién más contamina más paga y viceversa.
En todo caso, esta primera experiencia formal de mancomunidad
será un ejercicio enriquecedor como experiencia jurÃdica y técnica, pues a modo
del Metro de Caracas, podrá haber un ente estable en el tiempo y responsable del
funcionamiento del sistema y que deberá supervisar y controlar a la operadora
que gane la licitación de concesión para las futuras fases de esta importante
obra de ingenierÃa ambiental y sanitaria.