Políticas compensatorias de empleo en la década
de 2000 en Neuquén.
Implementación del workfare desde una administración
provincial.

Graciela Vives ()
Neuquén, con la sanción de la Ley 2128 del 9 de agosto de 1995, muestra
la primer iniciativa instrumentada por una administración provincia en respuesta
a la perturbación materializada en el creciente desequilibrio del mundo laboral,
y constituye un antecedente de importancia en el devenir de las políticas
compensatorias de empleo. Esta iniciativa, que se ha mantenido y multiplicado en
el tiempo, constituye el primer antecedente de una provincia que otorga un
beneficio de esas características, ya que el Plan Barrios Bonaerenses fue
desarrollado por el entonces gobernador Eduardo Duhalde un año después.[1]
La
Ley crea el denominado Fondo Complementario de
Asistencia Ocupacional -FOCAO-,
cuyo destino es dar asistencia a desempleados de la provincia con la intención
de extender la atención hacia aquellos que no sean beneficiados por programas
nacionales de empleo. La norma se detiene en las características demográficas y
sociales de los beneficiarios, popularmente conocidos como “los veintiuno
veintiocho”, para ser inscriptos en el Registro de la Red de Empleo. Deben estar desempleados,
ser único sostén económico de familia, integrar un hogar sin otros ingresos,
cumplir efectivamente con las tareas que se encomienden en el proyecto
respectivo, y aceptar las ocupaciones que se le ofrezcan por intermedio de
Bolsas de Trabajo oficialmente reconocidas y participar en los Programas de
Reentrenamiento Laboral que se establezcan, condicionantes precisos para ser
seleccionado como beneficiario.
Al tratarse de una iniciativa provincial, el financiamiento de “los
2128”
corre exclusivamente por cuenta de la administración neuquina. El Decreto N°1592
del 23 de agosto de 1995 conduce a la disposición de los recursos necesarios y
faculta al poder ejecutivo para la efectivización de las reestructuraciones en
el “Presupuesto General Vigente” de la provincia -en cada ejercicio fiscal-, a
fin de dar atención a las erogaciones que demande el cumplimiento de los
objetivos del FOCAO. Actualmente la provincia eroga 3,9 millones de pesos
mensuales para la cobertura del subsidio.
Detrás de las políticas, la concepción del
subsidio.
Las políticas públicas que pretenden dar respuesta a las dificultades
laborales de la población neuquina comparten unos principios de organización que
dificultan el cumplimiento de los objetivos que tanto en los planos discursivos
como operativos les han dado origen y sustentación. Siguiendo a Rubén Lo Vuolo
(1995:1-30):
- No constituyen una verdadera red de
seguridad,
porque no garantizan que ninguna persona caiga por debajo del nivel de ingreso
que estiman y estipulan como mínimo.
- Los listados o padrones de beneficiarios no se
encuentran permanentemente abiertos.
- Estigmatizan a la población que aspira a
recibir el beneficio porque establecen mecanismos conceptualizables como “tests
de pobreza” donde la administración pública certifica el nivel de ingreso y
situación familiar y medioambiental de los solicitantes, que socialmente se
convierten en ”carenciados”, o más explícitamente “pobres” o hasta
“indigentes”.
- Contemplan claros principios discriminatorios
en la definición del perfil de los destinatarios de modo que la selección se
establece en base a una caracterización demosociográfica. El acceso al beneficio
se logra entonces cuando las personas demuestran no ya su igualdad en la
sociedad sino su pertenencia a un grupo
específico
- Empujan a extensas capas de población a la
“trampa de la pobreza”. Esto es, a permanecer en el rango de ingresos que les
asegure la percepción legal del subsidio, rechazando actividades remuneradas que
podrían hacer que lo perdieran. “Como resultado, esta opción -preferida por los
sectores más conservadores- termina en la garantía de un mínimo muy reducido, de
forma tal de presionar para que sea conveniente la búsqueda de cualquier ingreso
adicional. Otro resultado probable es el fomento al empleo no registrado,
por el cual se podrían aumentar ingresos sin perder el beneficio asistencial.”
(Rubén Lo Vuolo 1995:30, el destacado es del autor). Pero un beneficio de tan
mínimo monto se convierte en un mecanismo perverso cuando se instituye en un
mercado laboral como el presente, donde la oferta de mano de obra excede
largamente a la demanda.
De tal modo, estas iniciativas promueven que el sistema “se mueva cada
vez más lejos de cualquier situación próxima al ‘equilibrio del mercado
laboral’, como resultado de la afluencia de quienes no tienen otra forma de
demandar medios de subsistencia que a través de la participación en el mercado
laboral, del empleo marginal e inestable en un mercado laboral cada vez más
‘desregulado’, así como de la existencia de [...] beneficios que están
condicionados a la ‘predisposición a aceptar empleo formal’.” (Clauss Offe
1995:99). Afirmación que hace recordar el artículo segundo de la Ley 2128, en tanto establece la
obligación de los beneficiarios de aceptar tareas y ocupaciones indicadas por el
estado.
Lo expuesto permite indicar que las políticas públicas que intervienen
sobre el desequilibrio del mercado laboral neuquino presentan, como rasgo común,
una definida naturaleza asistencialista, cifrada en el otorgamiento de
subsidios, de modo que se las puede caracterizar como políticas pasivas de lucha
contra el desempleo[2]. (Mateo Maluf
1998:474-475).
Las políticas asistenciales de empleo tal abandonan preceptos
universalistas -compatibles con los objetivos sociales propios del Estado de
Bienestar; la aspiración al pleno empleo en particular- para conformar
iniciativas focalizadas.
Su sustentación ideológica es entonces no ya la prosecución de la igualdad de
derechos entre las personas sino la intervención conducente a la identificación
-diferenciación- de subcomunidades, grupos que son recortados -separados- del
cuerpo social, en función de características específicas. Son programas que
obligan a los beneficiarios a acudir a entes de promoción social a fin de
solicitar ser seleccionados para conformar la población “objetivo” o “meta” de
los mismos. (Liliana Raggio 2003:206-207). Se excluye de ese modo de su
recepción a aquellos sin recursos, que no puedan demostrar ser elegibles,
apartándolos de la percepción de un ingreso de por sí reducido a niveles
mínimos.
La distribución de ingresos hacia los grupos “descolocados” por la actual
forma socioorganizativa, mediante políticas públicas pasivas se constituyó
entonces en factor que vehiculiza la gobernabilidad de ésta última. El
instrumento institucional se ha convertido de tal manera en herramienta de
disciplinamiento o, “en otros términos, el control social pasó a ser el objetivo
político principal de la acción frente a los grupos pobres”, favoreciendo la
multiplicación del clientelismo político y una distribución desigual de
oportunidades de empleo, de ingreso y de calidad de vida. Así, cuando la
distribución de beneficios se verifica mediante mecanismos selectivos, “el más
favorecido es el que tiene el poder de decisión para seleccionar.” (Rubén Lo
Vuolo 2004:168).
Un giro en la década de
2000.
Con la asunción de la administración de Jorge Sapag en diciembre de 2007
-perteneciente al mismo partido que ha permanecido en el poder en la provincia
del Neuquén por cuarenta años, el Movimiento Popular Neuquino-, fueron revisados
algunos de los lineamientos de la política compensatoria de empleo y
asistencialista que dio origen a los subsidios provinciales devenidos de
la Ley 2128 de
1995. En efecto, el Ministerio de Desarrollo Social emite en junio de 2008 una
resolución cuyo contenido refiere a la reformulación de las condiciones para la
recepción del beneficio. En particular se hace hincapié en el crucial tema de
las contraprestaciones obligatorias que impone la norma como requisito a los
beneficiarios. De allí en más, los mismos se ven liberados de realizarlas, pero
deberán enfrentar programas específicos de capacitación para permanecer en el
padrón de receptores del subsidio, cuyo objetivo ahora en más será la
vehiculización de su reinserción en el mundo laboral.
En aras de tal tarea, el poder ejecutivo provincial asigna un rol
preponderante a los municipios locales, con los cuales se busca trabajar en
estrecha colaboración para revisar la situación de los 17.000 beneficiarios que
reciben el subsidio provincial. Así, dentro del ámbito municipal se impulsa la
creación de Consejos Locales que se encargarán de evaluar el padrón actual para decidir la
continuidad o baja de los respectivos beneficiarios del subsidio, que continuará
en un monto de 150 pesos. La otra tarea clave que desempeñarán estos Consejos
Locales se corresponde con la inserción en el mercado laboral de los
beneficiarios, que en gran medida han realizado su contraprestación en
dependencias de los distintos municipios neuquinos -y en espacios
administrativos provinciales-. De ahora en más se espera de ellos que completen
programas de capacitación diseñados en el ámbito de la Subsecretaría de Capacitación y
Empleo de la provincia. La instrumentación de los mismos requiere de un esfuerzo
adicional de las autoridades municipales, que deberán establecer áreas
prevalentes dentro de las actividades productivas locales, con potencial actual
y futuro de ofrecer oportunidades de trabajo en la propia comunidad, de manera
de promover la inserción de los beneficiarios en el sector
privado.
En los hechos, esta tarea asignada a
las administraciones municipales se muestra azarosa, dadas las dificultades
metodológicas y técnicas de una prospección. En otras palabras, establecer
horizontes a mediano plazo en un contexto económico inestable, para diversas
actividades productivas, es una tarea difícil. Si, además, se involucra la
perspectiva de las demandas laborales ciertas, el pronóstico que deben realizar
los municipios se complica todavía más.
De un modo general, la orientación
que adoptan las políticas compensatorias de empleo en la provincia a comienzos
de la segunda mitad de la década de 2000, demuestra una tendencia hacia los
lineamientos que se observan en las políticas compensatorias de empleo de
alcance nacional. “Lo que nosotros queremos es darles un perfil similar a los
planes de empleo del gobierno nacional. Para esto se requiere un cambio ético, y
el apuntalamiento de una cultura del trabajo”, en palabras de Juan Linares,
Subsecretario de Capacitación y Empleo de la provincia. (Diario Río Negro,
edición del 13 de junio de 2008), en directa referencia al Programa Jefes y
Jefas de Hogar Desocupados. Aquí radica un cambio significativo, dado que Neuquén
se negó, hasta diciembre de 2007, a suscribir el acuerdo que
hubiera permitido la plena implantación del programa nacional en el territorio
de la provincia. Si bien la coordinación entre entes nacionales y provinciales
es responsabilidad de Agencias Territoriales de Empleo y Gerencias de Empleo y
Capacitación, la delegación situada en territorio neuquino no contó con la
cooperación de la administración provincial. Este fue un impedimento mayor, que
impidió, por caso, la firma de convenios con la cartera educativa neuquina. En
la iniciativa nacional el énfasis en la capacitación es notorio, y la
finalización de la instrucción formal (terminalidad) o acciones de formación
profesional son alternativas a la contraprestación obligatoria que la misma
conlleva. A partir de mediados de mediados de 2006 el Programa Jefes y Jefas de
Hogar Desocupados incluye al nuevo plan nacional Más y Mejor Empleo, que crea e
implementa un seguro de capacitación y empleo que apunta de lleno a la
reinserción laboral del 50 por ciento de los beneficiarios -13.587 en la
provincia, que llegaron a ser casi 25.000-, con un énfasis en iniciativas que
apunten al crecimiento desde lo local. A lo largo de 2007 se firmaron convenios
entre el gobierno nacional y municipios del Neuquén, para la realización de
programas de capacitación.
De los subsidios al mercado
laboral: la provincia diseña un programa para reducir el número de
beneficios.
La nueva administración que asumió
en 2007 recibió una provincia con severos desajustes financieros, por lo que el
control del gasto público se vio como perentorio. Los subsidios “veintiuno
veintiocho” que no fueron revisados por la gestión anterior, habrían de se
escrutados, y reformulados, por primera vez desde 1995.
La migración de 17.000 personas de
una situación de “objetos” de la política compensatoria de empleo de la
provincia -focalizada, aplicada a un grupo con característica muy específicas- a
insertos en el mercado laboral constituye una intervención social de magnitud,
que requiere su constitución en “sujetos” dotados de derechos, calificaciones
laborales y profesionales, que les permitan responder a las demandas de un
mercado que acompañó la recuperación económica de la primera mitad de la década
de 2000.
El poder ejecutivo de la provincia
dedicó el primer semestre de 2008 a idear los pasos a seguir para
cumplir ese objetivo. A tal fin se mancomunaron la Dirección de Capacitación y Empleo
y la
Dirección de Cooperativas y Mutuales a efectos de formar un
gabinete técnico integrado pos psicólogos, sociólogos, asistentes sociales,
técnicos en relaciones públicas y expertos en Pequeñas y Medianas Empresas.
Estos profesionales fueron los encargados de diseñar las acciones a
ejecutar:
a) Primera etapa: recuperar la
“cultura del trabajo”.
El objetivo planteado se muestra tan
ambicioso como de difícil cumplimiento. Se trata de impeler la “concientización
y sensibilización” hacia la cultura del trabajo” en los beneficiarios de los
subsidios de la
Ley 2128, promoviendo su inserción en el mercado laboral. La
materialización que propone el equipo de sociólogos, psicólogos y capacitadores
ocupacionales adquiere la limitada forma de un taller de dos jornadas de 8 horas
cada una, donde se propone a los beneficiarios la reflexión y recuperación
histórica de hábitos familiares, culturales y del trabajo. Los mismos se están
implementando desde junio de este año en la provincia, en asociaciones vecinales
y establecimientos educativos.
El replanteo de pautas culturales
que impulsa este programa se encuentra estrechamente articulado con la
percepción que, desde las esferas oficiales, se tiene de los beneficiarios:
“Tenemos que identificar los obstáculos para reinsertarlos. Pero también para
poner en valor qué implica trabajar, un valor socavado durante años por el
acostumbramiento a recibir un subsidio. Sin atacar esa costumbre, no podemos
ayudarles a volver al empleo” … ”hay familias en las que ya es un hábito cobrar
un plan. Los hijos de esos beneficiarios, cuando tienen edad suficiente, se
preguntan cómo hago para tener un plan y no cómo hago para conseguir trabajo”:
(Verónica Valdez, Directora Provincial de Empleo y Capacitación, Diario Río
Negro, edición del 16 de junio de 2008):
Son apreciaciones que trasuntan una
visión restringida de los beneficiarios, que los observa como pasivos
-apaciguados-. En este momento es dable recordar que el subsidio “veintiuno
veintiocho” se sitúa desde 1995 en un monto mensual de 150 pesos; en relación al
costo de la Canasta
Básica Alimentaria, el peso porcentual de tal monto ha
descendido del 50 por ciento a menos del 20 por ciento en la actualidad, en el
contexto de una de las provincias de más elevado costo de vida. Evidentemente,
ese subsidio no puede solventar ni siquiera el valor de alimentos
indispensables. De aquí se desprende que las declaraciones efectuadas por los
responsables del área eluden aspectos básicos de las condiciones de vida de los
beneficiarios de los subsidios. En particular, la constelación de estrategias
que han encarado para su supervivencia. En este plano adquieren real importancia
sus experiencias en los sectores informales de la economía y del mercado
laboral, mismas que sería relevante estudiar. Changas, empleos esporádicos,
venta de productos artesanales de elaboración propia, y tantas otras constituyen formas en que mantuvieron sus vínculos con
los circuitos productivos y de consumo y podrían constituir interesantes puntos
de partida, en tanto experiencias personales, para potenciar su inserción
legítima en el mercado de trabajo.
b) Identificación de las oportunidades laborales
disponibles.
Como ya fue comentado, en esta
actividad se prevé el accionar conjunto de las administraciones provincial y
municipales, a efectos de determinar las posibles áreas productivas que
potencialmente detenten la capacidad de demandar mano de obra a nivel
local.
c) Capacitación.
Constituyendo el cambio más
significativo en este giro en la política compensatoria de empleo provincial,
los subsidiados “deberán dejar de contraprestar para
capacitarse”.
Como antecedente, la norma 2128 hizo
obligatoria la contraprestación. Esta indica que este beneficio no fue concebido
como un verdadero subsidio, sino que asume características de una forma precaria
e inestable de empleo. La recepción de un monto fijo mensual reglamentado en 150
pesos conlleva la obligación de prestar la propia fuerza de trabajo en jornadas
reducidas de cuatro horas diarias. Los receptores cumplen con esta carga en
actividades de poca jerarquía, en general vinculadas a la prestación de
servicios en organismos públicos provinciales y municipales, aunque se
establecieron convenios con entes nacionales.
El desempeño de las tareas asignadas en adscripción a plantas públicas
conduce a una situación paradójica, donde planteles públicos cobijan tanto a
trabajadores estables bajo condiciones laborales reguladas como a estos
beneficiarios, privados de derechos reconocidos desde hace medio siglo en la
legislación laboral argentina -tales como asignaciones por carga familiar,
incremento del salario por antigüedad en el cargo, aguinaldo, vacaciones pagas,
acceso a obra social y, en particular, aportes previsionales que apuntalen la
obtención de una jubilación en el futuro-. La permanencia de los beneficiarios
en tal categoría conlleva entonces su inscripción en formas laborales claramente
precarizadas. Esta situación ha dado pie a frecuentes fricciones entre ambos
grupo, solicitando los segundos reiteradamente su pase a planta permanente,
situación que se ha vivido por largos años en la administración pública.
La experiencia, que se reprodujo en todo el territorio neuquino expresa
el carácter focalizado de las políticas compensatorias de empleo
implementadas desde la provincia, que se da de bruces con los valores
“colectivamente deseables” que se simbolizaban en aquel viejo Estado de
Bienestar y, en particular, con el valor de la universalidad. “La reacción
contra la ciudadanía social muestra una evidente aversión contra el valor de la
universalidad y prefiere en su lugar
el de la focalización. Dos son los
ámbitos donde se observan diferencias entre estas nociones. En primer lugar, en
el ámbito de vigencia de las normas, la universalidad implica normas con validez
para toda la comunidad, mientras que en la focalización, las normas sólo se
ocupan de un grupo seleccionado. En segundo lugar, la universalidad rescata los
valores comunes que justifican
-justamente- la constitución de la comunidad, valores que hacen que
personas diferentes tengan interés en convivir en un mismo cuerpo social; la focalización, en cambio, se sustenta
sobre valores que hacen diferente al grupo, crea sub-comunidades, normaliza lo
diferente, genera una dependencia prácticamente plena entre beneficiarios y
política.” (Rubén LoVuolo 1995:37-38, el destacado es del
autor).
Reiteramos, con estos antecedentes
se muta de la obligatoriedad en la contraprestación hacia la capacitación
obligatoria. Las acciones que tienen lugar en estos momentos se corresponden con
la firma de convenios entre las municipalidades y la Subsecretaría de Capacitación y
Empleo -las primeras acciones conjuntas desde la implementación del subsidio-.
Es una instancia previa de instrucción a los capacitadores que estarán sí en
contacto con los beneficiarios.
En lo que respecta a las primeras
experiencias, se seleccionó una capacitación en informática avanzada que surge
de la interacción entre una institución terciaria privada, la Asociación de Comercio,
Industria, Producción y Afines de Neuquén -ACIPAN- y el Centro PyME de la
provincia. Como oferta de instrucción, en cantidad y escala, parece bastante
modesta si su objetivo es la “reconversión, la inserción y la
capacitación”.
d- Habilitación de un registro de
profesionales.
Publicación de
una bolsa de empleos.
e- Apelación a la responsabilidad social
empresaria.
Las acciones se concentrarían en la concientización y sensibilización de
la contrapartida de los beneficiarios; esto es, sobre quienes tienen la
capacidad de conformar la demanda de mano de obra en el mercado
laboral.
Pierre Rosanvallon ha explorado la forma en que puede aspirarse a “borrar
el corte mortal entre el universo de la empresa eficaz y la esfera solidaria del
Estado de Bienestar”, a través de la implementación de diferentes políticas que
lo que el autor define como “economía media de la integración
social”.
En la tipología de políticas de inserción económica que presenta, la
segunda categoría se corresponde con las técnicas de recalificación social y
readaptación profesional de los excluidos, que se basa en los denominados contratos empleo-solidaridad, una forma
de suceder a los subsidios. Estos contratos permiten a los empleadores obtener
una reducción o eximisión de las cargas patronales y la toma a cargo del estado
de un porcentaje de la remuneración del contratado equivalente al monto del
subsidio previamente percibido. De esta manera, si bien se continúa efectuando
una transferencia de recursos públicos, se pasa de un gasto “pasivo” a un gasto
activo, que implica además la incorporación del desempleado a la esfera
productiva. (Pierre Rosanvallon 1995:182 a 186).
Hasta aquí se ha descrito la gama de
acciones que propone - y en algunos casos ha iniciado- la administración
neuquina tendientes a reducir el número de subsidios provenientes del régimen de
la Ley
2128. A
la fecha no es dable evaluar la efectividad de los mismos, dado lo incipiente
del programa, pero sí es posible apuntar algunos conceptos con respecto a su
concepción. El objetivo de lograr un “cambio cultural” en un grupo humano
aparece por demás ambicioso, tanto como volcarlo hacia la “cultura del Trabajo”.
Una transformación semejante presupone inicialmente un diagnóstico del que no se
dispone: no existe un banco de datos demográficos, socioeconómicos y culturales
de los receptores-, que permita identificar características prevalentes. A su
vez, el trabajo con recursos humano presupone la definición de las sucesivas
metas -objetivos parciales- que se espera lograr a lo largo del proceso de
“sensibilización a la cultura del trabajo”. Mismos que no se han explicitado
¿Cuántos subsidiados y en qué tiempo serán reinsertos en el mercado de trabajo?
tampoco se ha abordado el tema de los que no han de incluidos en la categoría de
“capaces”-quienes no podrían elevar sus capacidades ocupacionales-. Como se ve,
numerosos son los interrogantes que despierta el presente redireccionamiento de
la política neuquina de compensación de empleo.
Activando el Estado de Bienestar
Pasivo.
El Estado de Bienestar, con sus características propias, logró sostener
un freno a la pobreza en argentina, pero desde comienzos de la década de los
ochenta, su actuación no logró detener el creciente desempleo. Esta inoperancia
es asociada al carácter pasivo de las políticas aplicadas, que se preocupan más
por compensar la pérdida de ingresos derivadas del desempleo que por
(re)introducir a los beneficiarios en el mundo del
empleo.
La opción por políticas más activadoras del mercado laboral es
reciente. Y una de las formas es suministrar subsidios directos al costo
salarial para aquellos empleadores que creen empleos para los desocupados. La
intensión es estas iniciativas es incrementar el número de empleos en el extremo
inferior del mercado laboral, pero por sobre la línea de pobreza, y a la vez
promover la migración de los “pobres sin trabajo” desde la esfera de la
asistencia social hacia el mundo laboral.
Es importante destacar que los subsidio salariales, tal como han sido
diseñados e implementados tanto por la administración nacional como por su
correspondiente provincial son coincidentes con la clase denominada “subsidios
salariales marginales” (que difiere de los subsidios salariales
generales)[10], de acuerdo a la tipología que propone Paul de Beer
(2002:76-82). Así, los subsidios marginales se aplican solamente a empleos
adicionales -“empleos extra” que extienden el plantel de personal que administra
un empleador- o a plazas vacantes que son otorgadas a desocupados de largo plazo
en busca de empleo. Cabe recordar que la elegibilidad para estos puestos tiene
como condición el figurar en el padrón de beneficiarios nacionales o
provinciales donde se lista la caracterización sociodemográfica, nivel de
instrucción y capacidad laboral de los candidatos a contratación. Así, este
subsidio marginal se implementa, por definición, sólo después de la eclosión de
la problemática del desempleo y la pobreza en una sociedad. Por esa razón,
iniciativas de esta naturaleza no producen efectos redistributivos
inmediatos.
En el corto plazo, un “subsidio marginal” al costo salarial es menos
costoso que un subsidio general equivalente, dado que se aplica a un número
reducido de personas y no a toda la banda de salarios de inferiores
retribuciones. De modo que ante situaciones de presupuesto acotado como la que
atraviesa la economía nacional desde mediados de la década de los noventa,
constituye una opción ante el desempleo. Porque, desde luego, la creación de
nuevos empleos requiere un esfuerzo económico superior que, en su conjunto,
supera en volumen financiero al pago de un beneficio por desempleo o la
asistencia social.
Los efectos a largo plazo, sin embargo, resultan inciertos. Un programa
de expansión del empleo exitoso probablemente reduzca la oferta de mano de obra
en el mercado laboral, impulsando una presión hacia la suba de los salarios, que
podría constituir un escollo para la gente con empleos adicionales subsidiados
que intente moverse hacia empleos normales no subsidiados (de mayor retribución
salarial, pero también de mayores exigencias en calificación
profesional).
Adicionalmente, los beneficios por desempleo -así como las partidas para
asistencia salarial-, que la administración pública opte destinar al
financiamiento de los empleos subsidiados marginales en una instancia secundaria
de la lucha -marcha- contra la desocupación son, en todos los casos, de carácter
temporal. Esto significa que en el largo plazo los trabajos generados bajo esta
modalidad no podrán continuar siendo considerados como “adicionales”, por lo que
deberán soportar la carga impositiva que afecta al empleo “normal”.
[11] Tal condición podría profundizar efectos negativos,
regresivos, sobre el nivel general de empleo, con un incremento de costos
laborales que podría desalentar a los empleadores. Así, la creación de empleos
adicionales de baja remuneración y calificación profesional se plantea como
medio para reducir la pobreza y el desempleo[12], pero la duración de ese efecto en el largo plazo
muestra aristas cuestionadas: si la expansión de la demanda de mano de obra, y
el concomitante aumento de la presión tributaria por costo salarial, lesiona el
crecimiento, la cuestión del impacto del empleo subsidiado debe discutirse en el
contexto de la sustentabilidad de un pulso económico expansivo -donde se
sostenga, como en la actualidad una alta tasa estructural de crecimiento
económico-.
Por su parte, el aumento de las tasas de desempleo a nivel global ha
impulsado numerosas iniciativas que tienen por objeto compatibilizar un
inversión eficiente del gasto social (creciente en el país en términos absolutos
y como participación en el PBI) con la reversión de la tendencia ascendente de
la desocupación y la pobreza. Tras estas intenciones, sin embargo, se vislumbra
una percepción de los derechos de seguridad social devengados del Estado de
Bienestar tradicional que los cataloga como demasiado permisivos. Aún así, la
prosecución de dos de los principios básicos de Bienestar -el alivio de la
pobreza, el pleno empleo-, mantienen su vigencia en la agenda política, si bien
recontextualizados por un mercado laboral más flexible y
dinámico.
La persistencia de altas tasas de desocupación de larga duración, que
afectan en particular el extremo inferior del mercado laboral, ha dado lugar a
una variedad de políticas socioeconómicas, que han resultado en la introducción
desde subsidios salariales a una amplia variedad de programas de trabajo, y
también a modalidades nuevas como el workfare y formas derivadas como el learnfare y el trainingfare.
El término workfare fue
constituido en oposición y como alternativa al histórico welfare -que adjetivaba al Estado
preocupado por el bienestar pero también por la “felicidad, prosperidad,
comodidad” de sus habitantes-. Los múltiples significados que la noción de fare presenta aluden al camino, al
hallarse en una situación, así como al pago de la tarifa, precio o pasaje que ha
de permitir acceder a algo, en este caso, un beneficio social. Entonces, el workfare se refiere aquellas políticas
que en vez de poner acento en el empleo como uno de los “derechos” básicos de la
población lo sitúan como la “obligación” de emplearse como precio a pagar para
ser inscripto en el listado de aquellos que reciben un subsidio; en otras
palabras, las políticas de workfare
establecen la obligación de aceptar un empleo para todo adulto en condiciones de
trabajar, si quiere recibir asistencia pública. Estas iniciativas se
complementan con políticas de learnfare
(reinscripción en la educación formal) y de trainingfare (cursos de capacitación),
que suelen extenderse también a adolescentes como exigencia para la recepción
del subsidio.
La adopción de medidas asociadas al workfarismo marca una derivación
hacia una modalidad nueva de Estado de Bienestar, uno “activo” que trata de
reducir la dependencia “pasiva” hacia los beneficios de asistencia social. Es
una pasividad que se percibe tanto en los receptores como en las oficinas
gubernamentales que los atienden; se busca entonces desterrar de las mentes de
los solicitantes la expectativa de acceder a un beneficio con la sola condición
de presentarse en el centro de empleo. Además, se impulsa a la burocracia de la
administración del bienestar a participar activamente en la capacitación de los
solicitantes, a efectos de incrementar las posibilidades de su inserción
permanente en el mercado laboral. Así, las ofertas “estarán condicionadas a la
realización de trabajos que los solicitantes ya no pueden rechazar. Tales
ofertas comprenden, por ejemplo, la participación forzosa en programas de
(re)capacitación, trabajos de servicios comunitarios o empleos subsidiados
(privados o públicos)”.(Loeck Groot y Robert van der Veer 2002:30-31, el
destacado es propio) La estrategia de este Estado de bienestar activo pretende
encontrar un nuevo punto de equilibrio, donde se intenta que todo aquel
comprendido por acciones de seguridad social sea además “resocializado y
reconducido” hacia el mundo laboral. De manera que una porción creciente de los
recursos económicos derivados a estas iniciativas de solidaridad dejan de
sostener una asistencia pasiva a los
necesitados.
Las formas derivadas de las políticas sociales de activación del Estado
de Bienestar -residual- en Neuquén buscan entonces sostener a aquellos que
poseen vínculos “inseguros” o inexistentes en el mercado laboral, y dependen de
transferencias de ingresos -la “seguridad social”, concebida en la red de
seguridad mínima que socialmente debe garantizar una comunidad-. Se materializan
en un sistema de beneficios asistenciales sujetos a evaluación -recursos,
condiciones sociodemográficas, otras características personales-, pero que
específicamente plantean obligaciones a los receptores de los mismos. La forma
más destacada de las mismas estuvo cifrada en la contraprestación laboral que los beneficiarios del régimen
instaurado en la ley 2128 debieron realizar ineludiblemente para su recepción.
Iniciativas que incluyen el learnfare
y el trainingfare son las hoy
implementadas.
Bibliografía
ALALUF, M. (1998).
“Modernización de las empresas y políticas de empleo”, en Empleo y Globalización. La nueva cuestión
social en la
Argentina.
Ernesto Villanueva (Coord.). Universidad
Nacional de Quilmes, Buenos Aires.
DE BEER, Paul .(2002). “En
busca de la espada de doble filo”, en La renta básica en la agenda: objetivos y
posibilidades del ingreso ciudadano Robert van der Veen , Loek Groot y Rubén Lo
Vuolo (editores). Miño y Dávila Editores, Buenos Aires.
GRASSI, Estela (2003).
“Política, cultura y sociedad: la experiencia neoliberal en la Argentina”, en Entre el
trabajo y la política. Las reformas de las políticas sociales argentinas en
perspectiva. Javier Lindemboim y Claudia Dañan (coord.). Editorial Biblos,
Buenos Aires.
GROOT, Loek y VAN DER VEER,
Robot (2002). “¿Cuán atractivo resulta el ingreso básico para los Estados de
Bienestar europeos?”, en La renta básica en la agenda: objetivos y posibilidades
del ingreso ciudadano Robert van der Veen , Loek Groot y Rubén Lo Vuolo
(editores). Miño y Dávila Editores, Buenos Aires.
HINTZE, S. (2000). “Sobre las
políticas sociales en los umbrales del siglo XXI: tesis, hipótesis y desafíos”,
en Estado y sociedad. Las políticas sociales en los umbrales del siglo XXI.
Susana Hintze (Comp). Eudeba, Buenos Aires.
ISUANI, A. (2000).
Intervención, en Estado y sociedad. Las políticas sociales en los umbrales del
siglo XXI. Susana Hintze (Comp). Eudeba, Buenos Aires.
LO VUOLO, R. (Comp.). (1995)
Contra la exclusión. La propuesta del
ingreso ciudadano. Ciepp-Miño y Dávila Editores, Buenos
Aires.
LO VUOLO, R. y BARBEITO, A.
(1998). La nueva oscuridad de la política social. Del Estado populista al
neoconservador. Miño y Dávila
Editores, Buenos Aires.
LO VUOLO, R. y otros (2004). La pobreza ... de la política contra la
pobreza. Ciepp-Miño y Dávila Editores, Buenos
Aires.
RAGGIO, L. (2003).
“Evaluación de programas sociales desde una perspectiva cualitativa. En torno de
la definición de las necesidades a partir de los destinatarios”, en Entre el trabajo y la política. Las reformas
de las políticas sociales argentinas en perspectiva comparada. Editorial
Biblos, Buenos Aires.
ROSANVALLON, P.(1995) La
nueva cuestión social. Repensar el Estado provindencia. Editorial Manantial,
Buenos Aires.
TENTI FANFANI, E. (1993).
“Cuestiones de exclusión social y política”, en Desigualdad y exclusión. Desafíos para la
política social en la
Argentina de fin de siglo. UNICEF/Losada, Buenos
Aires.
En 1996, cuando en el país ya había más de dos millones
de desocupados, la administración nacional creó el Programa Trabajar I, un
subsidio que tenía una duración de entre 3 y 6 meses, que se otorgó a 118.000
beneficiarios.
El 3 de abril de 2002 el poder ejecutivo
nacional sanciona el Decreto N°565, mediante el cual amplía los alcances del
Programa Jefes y Jefas de Hogar Desocupados. Crea un Registro de Empleadores, a
partir del cual empresas o instituciones -públicas y privadas- pueden establecer
convenios con la nación, las provincias y municipios a efectos de incorporar a
beneficiarios del programa en actividades laborales específicas. El empleador
debe abonar un “complemento del beneficio” de modo de alcanzar la retribución
pactada en el convenio colectivo de trabajo respectivo, de manera que se da
forma legal al empleo promovido, donde el estado comparte los costos salariales
con el contratador -estableciendo una vía de transferencia de ingresos públicos
a la esfera privada que disminuye los costos
empresarios-.