LOS LÍMITES TERRITORIALES EN EL OCCIDENTE DE MÉXICO
APUNTES PRELIMINARES
Hirineo Martínez
Barragán
Guadalajara Jalisco,
México,
mayo
2002
Presentación
En
México, los límites territoriales de los estados federados y municipios están
indefinidos o son confusos, lo cual propicia que en la franja de frontera
existan espacios donde ninguna entidad geopolítica reconozca su pertenencia o a
la inversa, donde dos o más entidades reclaman dominio sobre un mismo espacio
geográfico. Tal indefinición en los límites territoriales ha derivado en
múltiples conflictos entre estados y entre municipios, pero también entre los
lugareños que ven afectados sus intereses materiales y transgredida su identidad
territorial.
Ante los agudos problemas sociales, económicos y
políticos que se han venido presentando en las zonas de frontera, las diferentes
instancias de gobierno ya han emprendido acciones para resolver algunos de los
problemas específicos, tanto por la vía amistosa buscando la conciliación y el
acuerdo, como por la vía contenciosa cuando los acuerdos no se logran y existe
la imperiosa necesidad de darles solución, como es el caso de la Controversia
Constitucional 3/98 que se refiere al conflicto territorial entre Jalisco y
Colima, así como la controversia Constitucional que se refiere al conflicto de
límites entre Campeche, Quintana Roo y
Yucatán.
Así pues, como parte de una tarea imprescindible para
esclarecer los límites territoriales pero también como un quehacer fundamental
para entender y explicar la geografía actual, en el Departamento de Geografía de
la Universidad de Guadalajara, México, desde hace dos años se ha perfilado y
desarrollado la investigación denominada en términos genéricos Los procesos
regionales y las demarcaciones territoriales de Jalisco, de la cual aquí se
presentan algunos avances.
Justificación
La indefinición, confusión y
conflicto en que a la fecha ha derivado la cuestión territorial, responde a una
situación de origen, pero también a la imprecisión de los decretos, el
desconocimiento geográfico, la falta de memoria histórica e incluso la falta de
voluntad política auque se hayan formado algunas comisiones para discutir
conflictos y tomar acuerdos particulares de límites, pero sin la continuidad y
la voluntad para tener actualizado el tema.
Es importante decir que desde hace
más de un siglo no se altera en lo formal la frontera estatal y desde hace medio
siglo no se constituyen nuevos municipios en Jalisco, pero la territorialidad
(el proceso modificador de territorios) no ha terminado, ahora más que nunca,
las relaciones extralocales están presentes y los procesos de territorialidad
continúan, sujetos o sobreimpuestos a la base de la división
político-administrativa o incluso al margen de
ella.
Las nuevas rearticulaciones de
territorios son una realidad que altera fronteras, sin embargo, en tanto no se
clarifiquen y exista la correspondencia entre lo formal y lo real, no es posible
saber con certeza sobre qué bases se negociarán territorios o diseñaran
políticas para ceder, ganar o permutar
territorios.
Para que opere una entidad
geopolítica debe contar con un territorio claro y objetivamente delimitado,
principio que no cumplen los municipios y el estados de Jalisco. Como ejemplo,
en la localidad de El Platanar municipio de Cuautitlán, su pueblo que se
declaraba jalisciense (altamente identificado con su territorio), desde hace más
de una década demandan garantías a los gobiernos estatal y municipal por las
tropelías de caciques, políticos y empresarios colimenses sin que a la fecha se
hayan atendido debidamente sus demandas; entre los reclamos de los habitantes de
El platanar y de otros pueblos vecinos, están las garantías individuales, el
derecho al libre tránsito y el acceso a los recursos vitales. Son gente que
reclaman un lugar para vivir, que reclaman "su territorio", el que desde siempre
apropiaron y organizaron, no quieren otro que desconocen, que lo sienten como
ajeno; por eso y con todo, prefieren vivir
allí.
El espacio geográfico como construcción
social
Delimitar y
separar territorios, ejercer el dominio sobre los mismos, son actividades
espaciales que de acuerdo a la época histórica forman parte de la naturaleza
social de la especie humana. Así, el territorio y el espacio constituyen esferas
de dominio y de competencia que genera la sociedad y que ha generado de forma
abundante a lo largo de la historia. Por ello aquí trataremos de espacios
creados y concebidos que responden a la dimensión social humana, de suerte tal
que “Concebir el espacio como una construcción social surge de la propia
condición social de la especie humana”.
Hablar de territorios tiene dos
acepciones, la primera se refiere a la base fisiográfica donde se soporta la
vida y el quehacer socioeconómico, la segunda trata del ámbito jurisdiccional de
un órgano de gobierno asociado a una entidad geográfica como país, estado o
municipio. El espacio
geográfico debe ser entendido como una dimensión de las relaciones sociales al
mismo tiempo que la sociedad humana se desarrolla como espacio, es la obra de múltiples
agentes individuales y colectivos; es decir,
“El espacio social es la materialidad física que la sociedad
genera en los procesos de producción y de relación social. Es también la imagen
que nos hacemos de esa realidad social”; por ello debemos estar atentos de las
“múltiples prácticas sociales que intervienen en la construcción y
reconstrucción del espacio geográfico, prácticas económicas, tanto en la esfera
productiva como en la de la reproducción, prácticas políticas, prácticas
culturales, se producen a escalas que varían de lo doméstico a lo planetario y
se inscriben en coordenadas espacio temporales precisas”.
Los procesos sociales montados e insertos en una dimensión
física-natural, tienen una dimensión temporal y una dimensión espacial, es decir
son dinámicos y varían con el tiempo. Los procesos
sociales constructores de espacios son desiguales y diferenciados lo cual con
frecuencia se “traducen en la división y fragmentación de la superficie
terrestre en unidades espaciales de rango político. El elemento que las
distingue es la presencia de un límite de un bordo o frontera, establecido y
reconocido. Se identifica un tipo de vinculación entre un grupo social y un
territorio, su materialidad es ante todo, cartográfica, aunque se proyecte de
forma empírica.” En el campo
de las materializaciones del espacio social, el Estado es la principal y más
relevante forma del territorio, pero no la exclusiva. El Estado moderno representa, la manifestación más elaborada de
las prácticas territoriales humanas, mientras tanto, La frontera es el signo del
territorio y la soberanía la manifestación del dominio sobre el mismo, “el
Estado adquiere madurez moderna en el momento en que la frontera adquiere una
categoría objetiva, empírica, comprobable”.
Territorio y región constituyen conceptos
clave para identificar dos modalidades del espacio producido por los procesos de
diferenciación y por las prácticas del poder, el análisis de los procesos
sociales formadores de espacios desde la perspectiva y metodología diferenciada
de territorio y región, permiten indagar determinadas dimensiones de la realidad
geográfica, además de identificar y analizar de manera específica una cierta
dimensión de las prácticas espaciales del poder y su incidencia en los procesos
de desarrollo y de construcción del espacio; permiten además, identificar y
analizar los procesos de polarización y concentración de poder político y
económico. Estando siempre presente la dicotomía de territorio y
territorialidad, en donde la primera se refiere a las unidades geopolíticas
formalmente establecidas, mientras que la segunda se refiere a los procesos
regionales desarticuladores de viejos territorios y formadores de otros
nuevos.
2.
La evolución
territorial del Occidente de México
Partiendo del
entendido que los territorios son construcciones sociales, México accede a su
época independiente (1824) subdividida políticamente por 19 estados y 4
territorios, habiendo perdido dominio entre 1821 y 1824 sobre casi todo centro
América, y dejando como asunto pendiente el territorio del Soconusco (hoy parte
del estado de Chiapas). Es en estas fechas cuando se fijan las condiciones y
bases para perfilar la división territorial que actualmente (2002) rigen en
nuestro país, pues salvo el segundo período centralista, en ningún otro momento
se hicieron planteamientos con suficiente fuerza para que trascendiera en una
división territorial más congruente con la organización espacial de su tiempo;
por el contrario, la división territorial primigenia permanentemente se ha
venido retomando y ajustando, sin dar cabida a una revisión completa que origine
unidades territoriales más congruentes con las organizaciones geopolíticas del
presente. Ver mapa de las intendencias, las cuales pasaron a convertirse en
Estados y Territorios de la Federación mexicana.
Las principales modificaciones hechas al mapa
político de México que se perfilaron con posterioridad a la independencia fueron
la creación del Distrito Federal y la declaratoria de Colima y Tlaxcala como
territorios de la Federación. Así mismo en 1830, Sonora y Sinaloa son separados
para formar cada uno su propio Estado. Durante el año de 1832 se ratifica el
tratado fronterizo de 1819 entre México y Estados Unidos. En 1835 Aguascalientes
y pueblos de su jurisdicción se separan de Zacatecas y quedan en calidad de
territorios. Así el resultado es que hasta 1835 el país se dividía en 20
estados, 6 territorios y un Distrito
Federal.
Por lo
que respecta al occidente de México, Jalisco nace como estado según el
pronunciamiento de Tlaquepaque en junio de 1821 y durante los primeros meses de la
etapa independiente el estado de Jalisco conservó la extensión territorial
correspondiente a la Intendencia de Guadalajara, territorio que corresponde
actualmente a los estados de Jalisco, Nayarit y Colima, 113,006 km2, hoy Jalisco tiene 80,137
Km2.
El 16 de junio de 1823 es proclamado
el Plan de Gobierno Provisional del Nuevo Estado de Jalisco, mismo que se hace
público el día 22, donde se precisa; "La provincia conocida hasta ahora con el
nombre de Guadalajara se llamará en lo sucesivo Estado Libre de Xalisco... la
división del Estado sería la misma que había tenido tanto la Provincia como la
Intendencia [formada por] 28 partidos”; en la lista de los partidos no precisa
límites, se concreta a la asignación de lugares para cada cabecera de Partido y
a referir sus colindancias. Un criterio que se aplicó para efectos de
delimitación territorial y asignación de lugares, fue el llamado principio de
cercanía y accesibilidad, el cual definía por esa vía de manera implícita los
límites de cada partido, salvo cuando de manera explícita se señalaba una
frontera o se asignaban lugares a partidos vecinos, aun cuando estos no fuesen
más cercanos o accesibles.
La primera modificación territorial de
Jalisco se consumó el 30 de enero de 1824, cuando el Congreso Federal dispuso la
separación del Partido de Colima. El 27 de marzo es presentado el dictamen sobre la división
territorial, realizado por una comisión especial, aprobado y publicado el 27 de
mayo de 1824, en él se dispone que los Partidos deberán llamarse Departamentos.
El 14 de noviembre de 1824, se publicaron diez artículos adicionales al Plan de
División Provisional y para cuando se hace pública la Constitución Política del
Estado de Jalisco, se asientan otras dos
disposiciones.
En el tránsito de partidos a
departamentos, siete de los antiguos partidos no alcanzaron a constituirse en
departamentos; de entre ellos Colima pasó a ser territorio de la Nación y
aparecieron seis nuevos centros jurisdiccionales ya denominados partidos, lo
cual alteró la estructura territorial interna y la externa (con la separación de
Colima), pues aún cuando se mantuvieron 20 cabeceras territoriales, la mayoría
sufrieron transformaciones en sus fronteras, al anexar lugares de los Partidos
desaparecidos y ceder espacios para los nuevos Departamentos. Por ejemplo, el
antiguo Partido de Tomatlán se integra al Departamento de Mascota y este último
cede Cuautla y Tepospisaloya a Autlán. Por otros rumbos, Hostotipaquillo se
anexa a Tequila; Real de San Sebastián a Mascota; Santa María del Oro se reparte
entre Ahuacatlán y Compostela; Tala se incorpora a Zapopan; Teocaltiche y San
Juan de los Lagos emanan de Santa María de los Lagos,
etc.
El Plan de División Provisional (27
de marzo de 1824), describe parcialmente las fronteras de cada uno de los
Departamentos, sin embargo en la mayoría de los casos se siguió dejando a la
memoria histórica y al juicio de cercanía y accesibilidad, los alcances
territoriales de cada Departamento. Ocho meses después, se publican diez
artículos adicionales, el primero funda al partido de Atotonilco, con esa villa,
la de Arandas y la de Ayo el Chico.
En el marco de la Constitución Política del
Estado de Jalisco (18 de noviembre de 1824), en el punto cuatro se asienta que
el territorio de Jalisco es el mismo excluyendo el territorio de Colima. En el
punto seis, se consigna que mientras no se verifique una exacta división del
Estado, este se dividirá en ocho Cantones, a los que deberán sujetarse sus
respectivos departamentos, (ver mapa de José María Narváez 1824). Así mismo, en
el capitulo VIII punto 172, precisaba que habrá ayuntamiento en los pueblos que
junto con su comarca reúnan mil o mas habitantes, también llamados municipalidades. Para 1825, Victoriano
Roa consignaba 133 pueblos con ayuntamiento.
Años después (1828) Jalisco logra acuerdos
con el estado de Guanajuato para la aprobación de la línea divisoria. También se produjo la separación de La Yesca, Apozolco
y Amatlán de Jora del cantón de Tepic para incorporase al de Etzatlán el 17 de
febrero de 1835; y el decreto 620 del 30 de abril de 1835 que suprime todos los
ayuntamientos, salvo los de las capitales
cantonales.
En otro orden de idea, entre 1821-1824 la
población Jalisco (incluido Nayarit), era de 656,810 habitantes. En extensión territorial, para 1830 se le asignaban al Estado
33,800 millas cuadradas, por su parte Narváez decía que el
territorio jalisciense medía 79,371.13 Km2. En aquel período el
Cantón de Tepic era el más extenso, con el 26% del territorio estatal, en
contraste Guadalajara apenas concentra el 5% de la superficie. En Guadalajara se
cultiva el 8.8% de la superficie
del Cantón y se realiza la mayor actividad económica de todo el estado:
manufactureras, comerciales y burocráticas. En términos contrarios Tepic reporta
los índices más bajos en el uso del suelo, una de las densidades poblacionales
menores y las prácticas comerciales poco
importantes.
Las zonas más pobladas de aquellos
tiempos, son las que estaban mejor ubicadas por la cercanía a centros o rutas
comerciales (Guadalajara-México-Tepic-centros mineros), tales como el Centro,
Los Altos de Jalisco y la ciénaga de Chapala; a eso puede obedecer los niveles
de fraccionamiento cantonal, pero el de Lagos puede responder a la amenaza de su
separación para constituirse en estado junto con
León.
Las regiones periféricas, como El
Sur, La Costa y El Norte, mantenían los territorios más extensos y las
densidades de población menores, seguramente por su remota ubicación, falta de
caminos, bajos índices en el uso del suelo, así como pocos nexos con otras
regiones y con el centro. Lo anterior es posible causa de la desapercibida
expansión sobre territorio jalisciense tanto de Colima hacia el occidente y el
norte, como de Nayarit hacia el oriente, que generan los actuales conflictos
limítrofes.
Durante el período del centralismo (del 3
de octubre de 1835 al 13 de junio de 1843), los Estados pasan a ser
Departamentos y se produce un debate sobre la demarcación y continuidad de los
territorios que no logra trascender. Mientras tanto en 1835 Texas declara la
guerra al Gobierno de México y para el siguiente año se erige la República
Texana. Así mismo para el año de 1840 Yucatán proclama el federalismo y su
separación de México declinando esa postura tres años después. Mientras que en
1842 fue resuelta y formalizada a favor de México la situación del Soconusco Ese
cambio de
denominación a las unidades territoriales aplica para Jalisco en 1837, que luego
es revocado el 18 de septiembre de 1846 para retomar el plan de división
Provisional de 1824, junto con las adiciones hasta el 13 de marzo de
1837.
De nuevo en el federalismo pero con las secuelas del
centralismo, Texas celebra el tratado de anexión con los Estados Unidos del
Norte, aprobada después por aquel Congreso. Así mismo en 1846 se dispuso que
rigiera de nuevo la Constitución de 1824, mientras se publicaba la nueva,
designándose una junta nacional legislativa, misma que planteaba entre otras
cosas, que “los gobernadores de los departamentos nuevos que carecen de
Constitución particular, normara el ejercicio de sus funciones por las del
Estado cuya capital esté más inmediata”; este
decreto erigía en Estados a todos los Departamentos existentes, por lo tanto,
resultaba que en este tránsito, las californias juntas, Nuevo México,
Aguascalientes y Texas (solo de manera hipotética), por primera vez pasan a ser
Estados, Colima y Tlaxcala recuperan su condición de territorio, así mismo el
Distrito Federal, es restablecido.
El siguiente año se promulgó el “Acta Constitutiva y de
reformas de los Estados Unidos Mexicanos”, que en suma restablece la
Constitución de 1824, la cual rigió hasta 1853. En los debates de la misma se
planteó la creación del Estado de Guerrero segregándole territorio a Puebla,
Michoacán y Estado de México, lo cual no llega a su estado definitivo. Por otra
parte, aquí se planteaba que los estados de la federación serían los que se
expresaron en la constitución de 1824 y que, conforme a ella, fueron formados
con posterioridad; en consecuencia Aguascalientes, Nuevo México, Alta California
y Baja California vuelven a quedar en calidad de territorios mientras que Texas
se reintegra a Coahuila. Ver mapa.
Respecto a la frontera con Estados Unidos, el tratado
de Paz, Amistad y Límites, se firma en 1848, mismo que fue sancionado por
decreto el 2 de mayo del mismo año, con lo que México pierde definitivamente la
mitad norte de su territorio, quedando la división territorial formada por 21
Estados (donde ya aparecía Guerrero en calidad de estado concesionado pero que
hace definitiva su situación el 27 de Octubre de 1849), 3 territorios y el
Distrito Federal.
Durante el segundo régimen Centralista (22 de abril
de 1853-15 de mayo de 1856) estuvo normado por las “bases para la administración
de la República, hasta la promulgación de la Constitución”, misma que cancelaba
las legislaturas locales anunciando en sustitución un reglamento; en ese se
dispone que los Estados pasen a llamarse Departamentos; también se erigen en
territorio el Istmo de Tehuantepec, así como, la Isla del Carmen separada de
Yucatán, igual que se crea el territorio de Sierra Gorda (Guanajuato), así como
el distrito de Aguascalientes es erigido en Departamento. Mientras que unos
meses después es aprobado el tratado de la
Mesilla.
Así, hacia 1855 el territorio nacional estaba dividido en
22 departamentos, 6 territorios y un Distrito Federal; sobre esa base se
implanta el estatuto Orgánico Provisional (código la fragua), en este se
mantiene la división inmediata anterior aunque con la denominación de Estados en
lugar de Departamentos, y se instala el nuevo Congreso Constituyente, el cual se
mantuvo hasta que fue sancionada la Constitución Federal de 1857, la cual contenía
siete artículos sobre división territorial (el 43 y 46 los mas importantes),
teniendo como antecedente extensos debates; de ello resultaron como división
interna del país 24 Estados, un territorio y respecto a lo que denominaron
Estado valle de México se decía que éste accederá a esa condición cuando los
poderes federales sean trasladados a la ciudad de Aguascalientes, por lo tanto
los Estados en vigor solo eran 23. Ver mapa.
En 1862 se erige en Estado de la Federación el
distrito de Campeche de la península de Yucatán con el mismo territorio y
límites, y un año después es ratificado y queda como definitivo. También para
1862 se formaron 3 distritos militares en el Estado de México. En 1864 se
decretó la separación de Coahuila y Nuevo León rescatando el primero su antiguo
territorio. La creación definitiva del Estado de Coahuila de Zaragoza se hace en
1868, así mismo un año después quedan erigidos definitivamente como nuevo Estado
de la Federación los distritos militares de Hidalgo y
Morelos.
Por la frontera sur en 1878, México y Guatemala
acuerdan nombrar una comisión de estudios para fijar la línea divisoria, y el 1°
de mayo de 1883 se pública por decreto el tratado logrado, lo que en definitiva
arregla el asunto del Soconusco. En 1884, se produjo la primera reforma al
artículo 43 de la Constitución, la cual recogía todas las modificaciones y
creaba el nuevo territorio de Tepic, por lo tanto el mapa de división política
agregaba a su configuración los Estados de Campeche, Coahuila, Hidalgo y
Morelos, así como el nuevo territorio de Tepic. En 1902, se hace la segunda
reforma al artículo 43 que consistió en la creación del territorio Federal de
Quintana Roo.
Además
de las creaciones y supresiones de entidades geopolíticas entre 1874 y 1910 se
produjeron diferentes convenios y disposiciones para arreglar o fijar límites;
entre ellos Puebla y Veracruz han tenido 11 convenios, Estado de México y el
Distrito Federal dos, Puebla con Tlaxcala dos, Oaxaca con Veracruz dos, Jalisco
con Michoacán uno, igual que Tlaxcala con México, Veracruz con Hidalgo, Coahuila
con Durango y Nuevo León, Hidalgo con Querétaro, Michoacán con Guerrero, Nuevo
León con Tamaulipas, Aguascalientes con Zacatecas y finalmente Oaxaca con
Puebla.
Siguiendo con los procesos de reestructuración y
formalización de los territorios mexicanos en 1917 la nueva Constitución incluye
siete artículos sobre división territorial (del 42 al 48), además eleva a la
categoría de Estado el territorio de Tepic. De esa manera el territorio nacional
queda dividido en 28 Estados, 2 territorios y el Distrito
Federal.
En lo que respecta a la organización Territorial interna de
los Estados Federados, durante los períodos Constitucionalistas, desde 1824
hasta 1917, estos se dividían en Cantones o Distritos, Departamentos y
Municipalidades, pero a partir de 1917 la nueva Constitución establecía que los
Estados tendrían “como base su división territorial y de su organización
política, el municipio libre.....”, Jalisco se dividió en 8 cantones desde la
promulgación de su propia Constitución el 18 de Noviembre de 1824 hasta 1878
cuando se creó el Noveno cantón (Ciudad Guzmán); así mismo el 18 de Junio de
1870 el Departamento de Mascota se erige como 10° cantón; el 3 de Noviembre de
1869, Teocaltiche se erige en 11° cantón; el 15 de enero de 1872, los
Departamentos de Ahualulco y Tequila se erigen en el 12° cantón; Chapala se
erige en 7° Cantón el 30 de diciembre de 1896, quien toma el orden nominal del
segregado territorio de Tepic en 1859. Ver mapa. Eliminados
los cantones, Jalisco entra al régimen con 104 municipios en 1915 y actualmente
cuenta con un total de 124.
Al cierre dichos cantones la población de Jalisco
(según Censo de 1910) se distribuí de la siguiente manera: Guadalajara 285,889
(45.7Hab/Km2), La Barca 171,226 (24.7Hab/Km2), Ciudad
Guzmán 142,331 (15.4Hab/Km2), Lagos 98,459 (18.0Hab/Km2),
Teocaltiche 89,568 (26.3Hab/Km2), Autlán 79,750
(10.5Hab/Km2), Sayula 79,720 (15.8Hab/Km2), Colotlán
78,988 (4.6Hab/Km2), Ameca 68,016 (21.4Hab/Km2), Ahualulco
66,216 (12.5Hab/Km2), Mascota 53,356 (4.8Hab/Km2), Chapala
53,336 (6.1Hab/Km2), para que la suma estatal sea de 1,208,855
habitantes(13.9Hab/Km2).
En síntesis el mapa político nacional ha
sido producto de múltiples tensiones sociales, pero también el territorio ha
sido el contenedor político de las luchas. “Es el espacio de las prácticas
territoriales del Estado, el ámbito de la gestión, del control, de la
programación y planificación, de la ordenación, de la atribución funcional y
social, es, por consiguiente un espacio privilegiado del análisis geográfico
además... permite hacer manifiesta la diferencia nacional, la denominada
identidad nacional... Las prácticas territoriales forman parte de la dinámica
interna de los Estados, y los procesos territoriales caracterizan el desarrollo
del Estado...” Así mismo, el territorio estatales y municipales “es el marco por
excelencia de las prácticas espaciales de los agentes sociales, en todas sus
escalas. Como marco administrativo, marco legislativo, marco de asignación de
recursos, marco de intervención, marco de programación, marco de conflicto entre
los intereses de diversos agentes, individuales y colectivos, y con la propia
administración o poderes del Estado... espacio político por excelencia, definido
por bordes o fronteras reconocidos, que pueden ser establecidos como una línea
continua en el mapa... Las prácticas territoriales... la división y ordenación
de distintas entidades espaciales, a diversas escalas, con límites definidos y
reconocidos, con competencia precisas en el ámbito de tales límites, como
espacios delegados del poder político del Estado o como espacios constituyentes
del propio Estado, forman parte de la propia naturaleza de poder... El producto
de estas prácticas... son los distintos territorios que se suceden, aparecen, se
disuelven, se consolidan, se incrementan, o se transforman a lo largo del
tiempo, como entidades estatales. Y son las diversas formas de organización que
el poder pone en marcha en su control, gestión y dominio del propio territorio
estatal”.
CONCLUSIONES
Como se
puede leer en los apartados anteriores, las demarcaciones territoriales al
interior de México son procesos inacabados de la configuración del mapa político
nacional, por su parte el aspecto de fronteras y más específicamente el de
límites territoriales precisos reconocibles y formales, es un asunto postergado
sistemáticamente: durante el porfiriato se emprendieron acciones decididas que
estaban encaminadas a estudiar y a resolver las indefiniciones territoriales que
existían, sin embargo este asunto no tuvo continuidad, además de que a los
acuerdos logrados no se le dio el seguimiento correspondiente, por lo cual
muchas referencias se perdieron con el tiempo, generándose franjas territoriales
cuyos límites son confusos, ambiguos y conflictivos, pues a lo ancho de esa
franja dicho límite puede desviarse según desde donde se plantee, dejando
decenas o cientos de kilómetros cuadrados como territorios potencialmente en
disputa.
Como hemos venido sosteniendo, las entidades
geopolíticas, son espacios sociopolíticos en construcción que se materializan y
formalizan en la superficie terrestre; de igual manera las fronteras y más
particularmente el límite territorial, es una construcción social que se
materializa y se hace tangible en el cauce de un río, en la cresta de una
montaña, en la ceja de una barranca, en la cerca de un lindero agrario, en una
línea imaginaria que se traza desde una coordenada a otra,
etc.
Ahora bien, reconocer, precisar y formalizar límites,
sustentados o no en una barrera natural sirve principalmente para demarcar
ámbitos jurisdiccionales de ejercicios de gobierno y de administración pública;
así mismo, sirve para circunscribir los derechos y obligaciones de los
ciudadanos y de las empresas o instituciones que se establecen dentro de su
jurisdicción o que están de tránsito por el mismo. No se trata pues de una
barrera física como tal, sino del significado que representa en el organigrama
funcional de los territorios federados.
Ahora, en tiempos de globalización cuando las
fronteras físicas o barreras naturales se trasponen de manera rápida y con poco
esfuerzo, dadas las modernas vías y medios de comunicación, se exige mayor
claridad y precisión en el reconocimiento y señalamientos de los límites
geopolíticos, pues el intenso tránsito en algunos tramos entre una entidad y
otra (frontera México–U.S.A, Jalisco–Guanajuato, Guadalajara-Zapopan), así como
la gestación de procesos económicos y sociopolíticos en zonas de frontera,
requieren de límites precisos y reconocibles que clarifique los ámbitos
jurisdiccionales dentro de continuos socio-económicos y políticos. Pues existen
lugares fronterizos cuyos procesos locales perfilan situaciones para convertirse
de puntos periféricos a centros nodales.
Tener límites precisos y reconocidos formalmente, hoy
y siempre proporcionan certeza en los alcances jurisdiccionales de ejercicios de
gobierno y de administración pública, así como certeza en la adscripción de
asentamientos humanos, de empresas y de instituciones, de los recursos
naturales, de la infraestructura, así como de los focos emisores de
contaminantes, etc. de otra manera, es decir sin límites precisos y
reconocibles, las zonas de frontera conforme más se transiten y dinamicen, serán
más caóticas y conflictivas.
Precisar y formalizar límites no significa establecer
barreras, por el contrario permitirá mayor fluidez en el tránsito entre dos
entidades geopolíticas que en esa medida se verán cada vez más unidas por un
límite, pues favorecerá la vida en armonía de los habitantes que viven en la
zona fronteriza de uno y otro lado de la
línea.
Las entidades federales y los municipios junto con el
Distrito Federal, forman un organigrama territorial sumamente complejo de operar
y de analizar, donde interactúan diferentes actores y niveles de gobierno,
instancias económicas y sociales, cuyos ámbitos de adscripción y de competencia
deben ser claramente reconocidos y delimitados en pro de la vida en armonía del
“verdadero” federalismo y del buen gobierno, de lo contrario se generarán
traslapes y huecos con los correspondientes problemas, igual que en cualquier
organigrama funcional de una institución o empresa pública ó
privada.
Finalmente por todo lo antes dicho, es fundamental
atender en la zona de frontera la cuestión de límites territoriales, pero
también es importante repensar la configuración formal de los territorios
estatales y municipales de México, para que ésta se ajuste cada vez más a las
organizaciones territoriales reales que se perfilan actualmente y las que se
proyectan a corto plazo, donde no basta identificar y definir el centro como
tradicionalmente se ha hecho, en todo caso es tanto o más importante precisar el
límite territorial, pues ello favorecerá la armonía y funcionalidad territorial
de México en su ámbito ambiental, social, económico y político. En la frontera
de Jalisco con sus colindantes pocos son los tramos donde los límites no son
divergentes, pero además ya se han hecho manifiestos de varias zonas en
conflicto donde los gobiernos colindantes reclaman para sí mismos
territorios.
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INEGI, Agenda estadística 1986.
Colección de Leyes....T.I
pp.312-359.
Según se consigna en la Colección de leyes..., en decreto sin
número, T.III, pp. 207-208. pero sin disponer aun del documento
citado
Existen
varios documentos de
tipo estadístico y geográfico que dieron cuenta de la situación de Jalisco
durante el siglo XIX, entre los cuales destaca el de Victoriano Roa, 1825, con
información de 1821 y 1822 y noticias posteriores, el de Lucas Fruneau y Manso
(1830), el de Manuel López Cotilla (1840), el de Longinos Banda (1854-1863) y el
de Mariano Bárcena (1888).
Cada milla equivale a 1393 metros para la España
Antigua.
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