El acta fundacional
de la nueva ciudad

En la Quebrada de
Suyuque Viejo, Partido de La Capital, Provincia de San Luis, República
Argentina, siendo las veinte horas del día 26 de marzo del año 2003 ante mí,
escribano general de Gobierno y en presencia de la señora Gobernadora arquitecta
María Alicia Lemme; del doctor Adolfo Rodríguez Saá, como ciudadano ilustre, ex
presidente de la República Argentina, gobernador de la Provincia de San Luis
durante la construcción de la ciudad, del doctor Alberto José Rodríguez Saá, ex
jefe de Gabinete, ambos mentores e impulsores de la idea original de creación de
la ciudad, autoridades provinciales, invitados especiales y pueblo de la
Provincia de San Luis, invocando la protección de Dios para nosotros y para
nuestra posteridad, se procede a fundar la ciudad de La Punta, ubicada en el
Municipio del mismo nombre, Departamento La Capital de acuerdo con los límites y
extensión determinado en la Ley Nº 5366.
La ciudad de La
Punta nace y se proyecta en los principios de la plena vigencia de los derechos
humanos, convivencia social, solidaridad y progreso, condiciones necesarias para
garantizar el acceso a la educación, la cultura, la ciencia y el
trabajo.
La ciudad de La
Punta se constituye en la primera ciudad fundada en la República Argentina en el
siglo XXI basándose en los objetivos, derechos y garantías consagradas en la
Constitución provincial, en su historia, tradiciones y en la familia como célula
básica de la sociedad. Surge con la vocación de desarrollo sustentable, de
armonía con el medio ambiente y con una clara e integradora conciencia de futuro
en paz, respeto y libertad.
Como
efectivización del acta fundacional, firman el acto los aquí presentes
encabezando la misma Adolfo Rodríguez Saá, Alberto Rodríguez Saá y la señora
gobernadora, Alicia Lemme, personas que tuvieron un rol protagónico en su
concreción. Suscriben además vecinos pioneros, funcionarios, técnicos,
trabajadores y profesionales que trabajaron en su construcción, autoridades de
los tres poderes públicos provinciales, invitados especiales, integrantes de las
ciudades y localidades de toda la Provincia y pueblo de la Provincia de San
Luis, requiriéndose a la señora gobernadora expida testimonio de la presente
para su presentación a las autoridades competentes que
correspondan.