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Asunto:[ecos] CAUSA RIACHUELO: FALLO HISTÓRICO
Fecha:Miercoles, 9 de Julio, 2008  00:58:23 (-0300)
Autor:Asociación de Vecinos La Boca <asocveclaboca @..........ar>

FARN - Gacetilla de Prensa
 
 

 

08 de julio de 2008

 

El Defensor del Pueblo de la Nación y las ONGs formarán un cuerpo colegiado que controlará el Plan de Saneamiento
FALLO HISTÓRICO EN LA CAUSA RIACHUELO: LA CORTE PUSO PLAZOS CONCRETOS PARA ACCIONES QUE DEBERÁN REALIZAR LA NACIÓN, PROVINCIA Y CIUDAD DE BUENOS AIRES

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dictado un fallo en la causa “MENDOZA BEATRIZ SILVIA Y OTROS C/ESTADO NACIONAL Y OTROS S/DAÑOS Y PERJUICIOS (Daños derivados de la contaminación ambiental del Río Matanza-Riachuelo)”, por medio del cual determina la responsabilidad que le corresponde al Estado Nacional, la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad de Buenos Aires en materia de prevención y recomposición del Daño Ambiental existente en la Cuenca.

El fallo determina además quienes serán los responsables de llevar adelante las acciones y las obras de saneamiento, el plazo en que las mismas deberán ser cumplimentadas, dejando abierta además la posibilidad de imponer multas para el caso de incumplimiento, las que recaerán en cabeza de la Presidente del ACUMAR, la Dra. Romina Picolotti.

Andrés Nápoli, Director del Area de Participación Ciudadana de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), quien además actúa como abogado de las ONGs admitidas como terceros en la Causa Mendoza manifestó que “estamos en presencia de un fallo histórico por cuanto obliga al Estado a dar respuesta a la más grave situación socio – ambiental de Argentina que afecta de manera directa a más de dos millones de personas".

Por otra parte, es un hecho sumamente novedoso y positivo que el máximo tribunal haya encomendado al Defensor del Pueblo de la Nación y a las ONGs que actúan en la causa (FARN, CELS, Greenpeace y Asoc. Vecinos de La Boca), la conformación de un Cuerpo Colegiado que tendrá a su cargo el control del Plan de Saneamiento, lo que permitirá impulsar la participación y el control ciudadano en un tema de gran interés social como es el Saneamiento del Riachuelo.

Otro de los aspectos que merece señalarse como un gran acierto por parte de la Corte, es que haya establecido un plazo específico para que el Estado ponga en marcha un plan activo de salud, destinado a atender a los sectores más vulnerables de la Cuenca, que sufren en carne propia las consecuencias de la contaminación, quienes ya no pueden esperar ni un día más.

María Eugenia Di Paola, Directora Ejecutiva de FARN, dijo que "estamos convencidos que el fallo implicará un gran salto en la evolución de la protección ambiental en la Argentina, en la medida en que se constituirá en un importante antecedente que permitirá atender otras situaciones de conflicto ambiental existentes en el país".

Para la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) el fallo debe ser entendido como una gran oportunidad para poner en marcha una Política de Estado en materia ambiental, que logre dar respuestas concretas a la situación de gravedad que padece la Cuenca Matanza – Riachuelo, cuestión que hasta ahora continúa siendo una asignatura pendiente.

CRONOLOGÍA DE LA CAUSA

  • Julio 2004: Inicio demanda de un grupo de vecinos de Dock Sud y profesionales
  • Junio 2006: La Corte se declara competente en relación al Daño Ambiental Colectivo.
  • Septiembre 2006: 1° Audiencia Pública. Presentación del Plan de Saneamiento oficial
  • Febrero 2007: 2° Audiencia Pública. Exposición de Picolotti sobre los avances del Plan.
  • Julio 2007: Fuertes críticas de la Pericia realizada por la UBA sobre el Plan de Saneamiento.
  • Julio 2007: 3° Audiencia Pública. Observaciones al Plan.
  • Noviembre 2007: 4° Audiencia Pública: exposición de todos los demandados.
  • Julio 2008: Sentencia de la Corte

 

FALLO COMPLETO: http://www.farn.org.ar/gacetillas/fallo_riachuelo080708.html

MÁS INFORMACIÓN
Federico Sangalli - Prensa y Comunicación
Cel. 011-15-6469-8666
fsangalli@farn.org.ar

 


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