Bob buenos dias .
He estado al tanto de dicha resolución . Por lo que he leido ( varias veces ) no nos cobija a Nosotros . La parte resolutiva habla de Proveedores de Redes y Sevicios de Telecomunicaciones en forma expresa . A nosotros nos rige el DECRETEO 963 de 2009, la Ley 94 de 1993, la Ley 72 de 1989, el DECRETO LEY 1900 de 1990 y tengo entendido que nuestros DECRETOS deben ser modificados POR OTRO DECRETO o POR UNA LEY , no por una Resolucion que es de Menor Rango ; de todas maneras hay que estar pendiente pero no nos menciona la parte resolutiva a nosotros en forma expresa ; los Proveedores de Redes y Sevicios de Telecomunicaciones por ejemplo ( Tigo ,Claro , Movistar , Caracol , RCN , TV cables etc ) que son los que manejan MicroOndas que pueden ser nocivas para la salud humana ; tanto HF como VHF no lo son , y ese es el espectro que nosotros manejamos . Esto es una opinion mia de la interpretacion como Abogado , pero soy especializado en Derecho Maritimo y no en Derecho de las comunicaciones y tal vez puede haber otra interpretación . Quiero agregar que en el programa de la LCRA el miércoles pasado que pude participar via Echolink , HK6O/VK3 explico a grosso modo lo mismo que yo interpreto y que varios abogados ya están al pendiente . Pero repito estemos pendientes .
Un abrazo
HK1J JORGE Cartagena de Indias Señores del grupo buenos dÃÂas, no he visto información por aquÃÂ. por eso pregunto, sobre todo a los amigos de Bogotá que están más cerca de la información, la resolución de la ANE 000754 del 20 de octubre del 2016 aplica a los radioaficionados??? ayer me hablaron de ella y hoy se cumple el plazo para presentar lo que en ella se pide, ???????
Saludos Bob, HK6RF
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