Hola:
El tema de la banda de 60 mts. ha sido tratado de CITEL, organismo que Colombia es miembro, en una conferencia en 2014 en Mexico y de ahà salio una propuesta interamericana (IAP)a la reunion de la UIT de 2015 (CRM15). Segun entiendo UIT, en efecto, produjo una "recomendacion" para el uso del segmento de 5275 a 5450 kHz para uso secundario.
En Colombia la radioafición se rige por el decreto 963 del 2009 donde no figura estas frecuencias por lo tanto no esta reglamentado y no se puede usar. Aparentemente el ministerio de las TIC podrÃÂa autorizar su uso al menos que existiere algun derecho previo de uso de esta banda (no creo) pero para ello necesitaria emitir un decreto que adicionara al 963 o que lo reemplazara pero para ello se necesitaria presión de parte de los radioaficionados para tener esta banda autorizada en Colombia.
Supongo que los contactos realizados por la expedición a San Andres podrÃÂan ser declarados nulos porque no existÃÂa autorización para hacerlo y los organizadores eventualmente podrÃÂa recibir alguna sancion administrativa por haber transmitido en banda no autorizada.
Lo interesante del tema es que las organizaciones de radioaficionados Colombianos deberÃÂamos influir para que el decreto 963 sea adaptado y actualizado en varios temas que requieren actualización. Es lamentable que en el 2016 hubo una reunión de la IARU región 2 en Bogotá en el cual uno de los puntos de la agenda era la banda de 60m pero fuera de los directivos de LCRA ningún radioaficionado de Colombia tuvo conocimiento de ello.
Cordialmente,
Eugenio Thompson
HK3EU