Que en aplicación de las disposiciones administrativas sobre el registro,
funciones y obligaciones de los asistentes o empleados de los Agentes Aduaneros,
contenidas en el Acuerdo de Directorio No. 42-2007 ; desde el lunes 23 de
junio es obligatoria para los Asistentes o Empleados del Agente Aduanero, la
presentación del gafete de identificación extendido por SAT, ÚNICAMENTE en los
siguientes casos:
- Intervención en representación del declarante o agente aduanero en el proceso
de verificación de mercancías.
- Notificación e intervención en el acto de examen previo y extracción de
muestras.
- Notificación de requerimiento de información, audiencias y resoluciones.
- Notificación del rescate de mercancías caídas en abandono.
- Notificación de resoluciones de rectificación de declaraciones que fueron
transmitidas por un agente aduanero.
- Notificación de la autorización del levante de mercancías por medio de
garantía, y
- Otras notificaciones que deban realizarse al Agente Aduanero.
La emisión del primer gafete de identificación para los Asistentes o Empleados
del Agente Aduanero por parte de SAT es gratuita , el procedimiento y
requisitos necesarios para la obtención del mismo pueden ser consultados en el
siguiente link:
http://portal.sat.gob.gt/portal/content/view/8373/48/