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Boletín BancaSAT
| Boletín
Tributario Guatemala
26/06/2003
| Edición No.
50
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20/06/2003 Incrementa recaudación tributaria en el país La
Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) ha superado las metas de
recaudación, las cuales se han incrementado respecto al año pasado.
Según el informe mensual, al 31 de mayo los ingresos tributarios fueron de
Q8,974.
1 millones, es decir un 95%, lo cual indica que los guatemaltecos aportaron al
fisco Q528.
6 millones más que en el mismo período del año pasado.
Del total, Q3,555.
9 corresponden a los impuestos al comercio exterior y Q5,418.
2 a impuestos internos.
En el rubro de los impuestos al comercio exterior, la recaudación significó 91.
1 por ciento de lo presupuestado.
La recaudación de impuestos internos ascendió al 97 por ciento de lo previsto
en el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Estado para el año 2003.
Por lo tanto, se han logrado alcanzar las metas establecidas en lo referente
a la recaudación tributaria en el país.
Fuente: Prensa Libre
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EL SALVADOR
19/06/2003 Discutirán eliminación del IVA a insumos
agrícolas Representantes gubernamentales informaron que se discutirá en el pleno
del congreso el veto presidencial que elimina el pago del IVA a los insumos
agrícolas.
Francisco Flores, presidente de la República, dijo que dicha aprobación sería
violar del Artículo 131 y el Artículo 226 de la Constitución de la República.
En el Artículo 131 se explica que la labor de la Asamblea es decretar
impuestos, tasas y demás contribuciones sobre todo clase de bienes, servicios e
ingresos, en relación equitativa.
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eliminar el IVA de los insumos se hace un reparto de la carga tributaria no
equitativo, indicó.
Asimismo, de aprobarse dicha ley, se vería afectado fuertemente el Presupuesto
General de la República.
Fuente: El Diario de Hoy
HONDURAS
20/06/2003 Supermercados tendrán revisión tributaria Mario Duarte,
titular de la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), ha dado a conocer a
propietarios y administradores de supermercados hondureños que se realizarán
auditorías con el fin de verificar si sus inventarios están debidamente
acreditados con comprobantes tributarios o facturas debidamente establecidas.
Duarte ha solicitado el apoyo de los dueños y administradores de este tipo de
negocios para que se pueda verificar que cumplen con sus obligaciones con el
fisco.
El funcionario indicó que: "Todas las mercancías que ellos adquieran deben
presentar comprobantes tributarios o facturas debidamente establecidas".
Fuente: La Tribuna
NICARAGUA
25/06/2003 Aumentan precios de productos avícolas Fuentes oficiales
dieron a conocer que los precios de los productos avícolas han tenido fuertes
incrementos.
Donald Tuckler, Secretario Ejecutivo de la Asociación de Avicultores y
Productores de Alimentos (ANAPA), dio a conocer que se han registrado incrementos
de hasta el 20 por ciento.
El precio no se había cambiado desde mayo, debido a la expectativa de la
entrada en vigencia de la Ley de Justicia Tributaria, que gravó impuestos a la
pechuga del pollo y además quitó la exención para la producción de ese sector,
indicó.
Los productos que han sido más afectados son el pollo y la carne.
Fuente: La Prensa de Nicaragua
COSTA RICA
23/06/2003 Ventas de repuestos informales con subfacturación Las ventas
informales de repuestos automotrices han incrementado y algunas están afectando a
los consumidores y las ganancias del Estado, porque existen serios problemas de
control que llevan a defraudación fiscal, según investigaciones realizadas por la
Asociación de Importadores de Vehículos y Maquinaria (Aivema) y la Asociación de
Importadores de Partes y Accesorios (AIPA).
Lilliana Aguilar, presidenta de Aivema, informó que se realizó un análisis de
las pólizas de almacenaje y lograron detectar subfacturación en dichos
establecimientos comerciales.
Fuente: La Prensa Libre
PANAMÁ
23/06/2003 Reformas Tributarias mejoradas por nuevos impuestos A pesar de
que algunos panameños solicitan la derogación de las Reformas Tributarias, este
cambio fiscal tiene un incremento de 30 millones de dólares en relación con el
año pasado y dicho incremento se logró con la Reforma Tributaria.
Sin embargo, los ingresos no tributarios que no están ligados a los nuevos
cambios, disminuyeron en 15 millones de dólares.
Entre las variantes más importantes para los consumidores están el Impuesto
Selectivo al Consumo (ISC), el Impuesto de Transferencia Bienes y Muebles (ITBM)
e Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Fuente: El Panamá América
REPÚBLICA DOMINICANA
25/06/2003 Próximo año se podría realizar reforma fiscal Como parte de la
propuesta que ha presentado el Gobierno central al Fondo Monetario Internacional
(FMI) para la firma de un acuerdo financiero, el Gobierno se ha comprometido ha
elaborar el próximo año un proyecto de reforma fiscal de consenso.
El objetivo de la misma consiste en reestructurar las finanzas estatales para
que se compensen las pérdidas fiscales que podría representar la apertura
comercial del país.
Dicho proyecto será sometido a aprobación, por parte del Congreso, a mediados
del año 2004.
También se detalló que en la elaboración de dicha reforma participarán las
entidades empresariales y laborales, organizaciones de la sociedad civil y los
partidos políticos.
Fuente: Hoy
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MÉXICO
23/06/2003 Conectarse a Internet a alta velocidad en lugares públicos,
tales como aeropuertos, restaurantes, universidades, centros comerciales,
etcétera, ya es una realidad a través de Prodigy Móvil de Telmex Conectarse a
Internet a alta velocidad en lugares públicos, tales como aeropuertos,
restaurantes, universidades, centros comerciales, etcétera, ya es una realidad a
través de Prodigy Móvil de Telmex.
Gracias a la tecnología 802.
11b mejor conocida como Wi-Fi, aquellas personas que contraten este servicio
podrán aumentar su productividad al bajar archivos, consultar su correo
electrónico, sincronizar agendas electrónicas, así como disfrutar de su tiempo
libre al descargar un video, escuchar música, etcétera, sin importar el lugar
donde se encuentre.
Para quienes ya son clientes de algún servicio de Prodigy, la renta mensual va
desde los $49.
99 mensuales, pero si aún no lo es, el costo es de $199.
99 más IVA e incluye: una cuenta de acceso, una cuenta de correo electrónico de
25 MB y espacio gratuito para página Web de 10MB.
En la actualidad Prodigy Móvil está disponible en algunos lugares de la Ciudad
de México, Guadalajara, Monterrey, Cancún y Puerto Vallarta.
Para obtener mayor información de este servicio consulte www.
prodigymovil.
com
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ALGUNAS CONSIDERACIONES LEGALES PARA LAS EMPRESAS EN RELACIÓN CON EL PAGO DEL
ISR RETENIDO A EMPLEADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA (Díaz- Durán & Asociados)
Entre las múltiples obligaciones fiscales que tienen las empresas actualmente,
existe una de gran relevancia: la de ser Agentes de Retención de sus empleados
respecto al Impuesto Sobre la Renta.
Respecto a ello, la ley indica que el trabajador debe hacer, al inicio de la
relación laboral y anualmente, posteriormente, una declaración jurada ante el
patrono; misma que servirá de base para hacer el cálculo del impuesto a retener
mensualmente al empleado.
Al terminar el año, se hace la liquidación definitiva anual y ya sea se paga la
diferencia o se devuelve lo pagado en exceso.
Esto es simple, pero en este período fiscal, la ley ha modificado uno de los
beneficios reconocidos para el contribuyente trabajador, en relación con el IVA
pagado por la adquisición de bienes y el pago de servicios, establecido en el
Artículo 37 A de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Este artículo fue adicionado por el Artículo 5 del Decreto Número 80-2000 del
Congreso de la República y ha dado lugar a un sin número de interpretaciones, ya
que es confuso en su redacción.
A continuación desglosamos el artículo indicando lo que literalmente establece:
1.
Las personas individuales a las que se refiere el artículo 37 de la ley, tendrán
derecho a un crédito a cuenta del Impuesto Sobre la Renta, por el Impuesto al
Valor Agregado pagado en la adquisición de bienes y servicios durante el período
de liquidación definitiva anual, para su uso personal y de su familia, hasta por
un monto equivalente a la tarifa del Impuesto al Valor Agregado aplicada a su
renta neta obtenida en dicho período: Actualmente, tenemos dos tarifas del
impuesto (12% y 30% para bebidas alcohólicas).
Sin embargo, consideramos que para establecer el límite de crédito que puede
utilizarse, ha de aplicarse la tarifa común del Impuesto al Valor Agregado a la
renta neta obtenida en el período de determinación y pago.
2.
La misma ha de aplicarse de acuerdo a la escala descendente de acreditamiento
siguiente: Del cincuenta por ciento (50%) del Impuesto al Valor Agregado pagado
por la adquisición de bienes y servicios, durante el período comprendido del 1 de
julio del 2002 al 30 de junio del 2003 y posteriores.
Hay que recordar que el contribuyente es el empleado, pero según el Código
Tributario, la empresa, una vez hecho el cálculo, es responsable ante el fisco
por el pago de tal impuesto.
En adición a lo anterior, se hace necesario saber que el Código Tributario
establece que hay omisión de pago de tributos cuando se da la determinación
incorrecta de la obligación tributaria por parte del sujeto pasivo detectada por
la administración tributaria y, si esto se verifica, la multa es del 100% del
impuesto omitido para el responsable, que sería en este caso el Agente de
Retención.
Por ello, como una medida conservadora y con independencia del criterio que
personalmente se pueda tener en relación con la interpretación de tal artículo,
se ha sugerido a las empresas que acudan al sitio web de la Superintendencia de
Administración Tributaria y consulten el criterio que actualmente están
utilizando, pues al hacerlo de manera distinta, es seguro que se ajustará la
forma de hacer el cálculo del impuesto y que tal ajuste recaerá sobre la empresa
por ser ésta el Agente de Retención.
Consideramos, además, importante hacer esta explicación a los empleados para que
sepan desde ahora cuál es el criterio que como empresa se utilizará, pues ellos
son los contribuyentes del impuesto y los principales afectados por la normativa
actualmente vigente.
Licda.
Claudia Marroquín Díaz- Durán & Asociados / www.
diazduran.
com Email:
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Aclaración de Responsabilidad: A excepción
de los artículos en los cuales SAT sea mencionada como la fuente,
la Superintendencia de Administración Tributaria no tiene
responsabilidad
directa o indirecta sobre su contenido. El boletín es de carácter
independiente y se emite de forma gratuita por parte de la empresa
AMERICENTRAL,
S.A. dentro de su gama de servicios de información especializada.
Suscripción: Este boletín llega como parte
del servicio InfoSAT. Para mayor información del servicio y de
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