El Gobierno Vasco ha aprobado hoy un
decreto para regular los procesos de adopción en el cual se elimina el tope de
edad de 50 años para adoptar aunque sí establece que entre los padres y el menor
no podrá haber más de 44 años de diferencia. Según datos del Gobierno Vasco, en
Euskadi cada año se producen 300 nuevas adopciones, la mayoría de menores
extranjeros, y el número de menores adoptados que viven con familias vascas
ronda los 3.400.
El decreto aprobado por el Ejecutivo
autonómico regula la actuación que deberán seguir las diputaciones forales, que
son las responsables en materia de gestión de la adopción de menores. El
consejero de Asuntos Sociales, Javier Madrazo, ha comparecido tras el Consejo de
Gobierno para explicar los detalles del decreto. Una de las principales
características de la nueva regulación es que elimina el tope de 50 años para
adoptar . Además, garantiza que los procesos de adopción serán iguales en los
tres territorios.
Los requisitos de edad para adoptar se
equiparan a los de Cataluña y Valencia, donde tampoco se exige una edad máxima a
partir de la cual no se puede adoptar un menor. Esta medida se ha adoptado en
vista de que la edad de las parejas y familias monoparentales que solicitan
adoptar cada vez es mayor. No obstante, sí que se exigirá una edad máxima de
diferencia entre los padres y el menor. Hasta ahora, esta edad no podía
sobrepasar los 42 años, a partir del decreto, el límite serán 44
años.
No obstante, Madrazo ha explicado que
habrá una salvedad y esta diferencia de edad podrá ser superior cuando la
persona solicitante o la pareja quiera adoptar a personas menores de edad con
necesidades especiales. Es decir, a grupos de hermanos en reagrupamiento
familiar, a menores con alguna discapacidad o problemas de salud especiales, a
niños mayores de siete años y a menores con antecedentes clínicos hereditarios
de riesgo. Además, las solicitudes de adopción de menores con necesidades
especiales tendrán carácter "preferente". En cuanto a la idoneidad de las
personas adoptantes, las diputaciones forales tendrán en cuenta la salud, los
medios socio-económicos y la situación personal de cada
solicitante.
En el caso de la adopción internacional,
no será posible tramitar un mismo expediente en varios países a la vez, salvo
que se produzca una paralización total de los procedimientos de adopción por un
período de tiempo indefinido. Además, cada Diputación foral deberá llevar un
registro de adopciones.
Por otro lado, el consejero ha explicado
que el decreto prima siempre el interés superior del menor, por encima del de
los padres adoptantes, y ha señalado que los niños tendrán derecho a ser
informados de su condición de adoptado y a ser tenidos en cuenta. Así, aquellos
menores tutelados por las diputaciones que tengan más de doce años deberán
prestar su consentimiento a la adopción. El consejero ha valorado el decreto,
consensuado con las diputaciones, y ha dicho que a partir de ahora habrá un
criterio común en materia de adopciones en Álava, Vizcaya y Guipúzcoa.